La red de tráfico de datos detectada en base a una investigación periodística ofrece 10 bases adicionales con información de titulares de cuentas de los bancos HSBC en México, Bancomer, tarjetahabientes de Santander, titulares de tarjetas de crédito corporativas, Afores, derechohabientes del IMSS del Estado de México y clientes de Telmex, Infinitum, Axtel y Nextel.
La compra de datos personales se realizó a través del e-mail bases.especiales@yahoo.co.uk, dominio comprado en Colombia y dado de alta en el Reino Unido que se promueve al menos desde el año pasado en sitios de ventas por Internet y correos electrónicos con un anuncio titulado "Exclusivas e Importantes Bases de Datos México".
Al realizar el contacto vía correo electrónico, una persona que se identificó sólo como José Luis, quien dijo compartir su residencia entre Argentina y Estados Unidos, aseguró que la información estaba actualizada a 2012 y que la obtuvo gracias a "varios contactos".
Para darle certidumbre a su potencial cliente de que no se trataba de un fraude, el traficante envió muestras con 100 registros de cada una de las bases solicitadas.
Posteriormente, pidió depositar el equivalente en dólares de la cantidad acordada en la cuenta 005489466804 del National Bank of America, en Hollywood, Florida, a nombre de Daniel Laniado Lazaro, con domicilio en Armenia No. 2254, en la capital federal Argentina (sic).
Una vez que el vendedor recibió el comprobante del depósito, en unas cuantas horas envió por correo electrónico las ligas para descargar las bases a través de un servidor.
"No hay ningún problema en utilizar las bases con discreción", respondió el traficante al ser cuestionado sobre qué implicaciones legales tendría para el comprador poseer o utilizar dicha información.
El tráfico de datos personales constituye una violación a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y es el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) el responsable de garantizar este derecho.
El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece, en su artículo 171, que los datos e informes que los ciudadanos proporcionen al Registro Federal de Electores serán estrictamente confidenciales y no podrán comunicarse o darse a conocer salvo juicios en que el IFE fuese parte o por mandato de un juez.