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Validan tiempos oficiales en TV

AGENCIAS

La Suprema Corte de Justicia validó ayer la obligación de transmitir 30 minutos diarios de programas determinados por la Secretaría de Gobernación en televisión.

El Pleno de la Corte rechazó los argumentos de los amparos de Televisión Azteca para impugnar oficios de Gobernación donde le ordenó someterse a la norma prevista en la Ley Federal de Radio y Televisión y en el Reglamento en Materias de Concesiones, Permisos y Contenidos expedido en 2002 por Vicente Fox para aclarar el tema de los tiempos de Estado.

"Estas normas no son contrarias a los derechos humanos, que prohíben en nuestra Constitución y tratados internacionales los trabajos forzados, porque en realidad estamos en presencia de modalidades válidas condicionantes del servicio concesionado que presta la quejosa, y que no inciden en su patrimonio ni establecen para mí en modo alguno, un trabajo forzado", dijo el ministro Luis María Aguilar.

"Los concesionarios no son propietarios, ni titulares del espacio radioeléctrico, tienen una concesión que está sujeta a condiciones, que está sujeta a cargas, en beneficio del interés público", agregó Arturo Zaldívar, "de tal suerte que a mí me parece que la obligación para trasmitir 30 minutos gratuitos que se impone a los concesionarios de televisión, se encuentra perfectamente ajustada".

TV Azteca utilizó una estrategia novedosa: alegó que los artículos legales y reglamentarios que contemplan los 30 minutos gratuitos quedaron derogados "tácitamente" por la reforma Constitucional sobre derechos humanos de junio de 2011, uno de cuyos artículos transitorios señala que quedan derogadas todas las normas que se le opongan.

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Escrito en: Tiempos oficiales

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