Los legisladores locales aprobaron la iniciativa de Ley para la Declaración de Ausencia por Desaparición de Personas.
"El Estado mexicano está obligado a reconocer esta problemática. Y eso significa tomar las medidas apropiadas, para garantizar los derechos fundamentales de todos, incluidas las personas desaparecidas", cita la nueva Ley.
"Significa también destinar todos los recursos que hagan falta para instrumentar políticas eficaces que garanticen la búsqueda efectiva de quienes han sido separados de sus familias y para que la sociedad entera pueda acceder a la verdad, a la justicia, a la atención especializada y a la reparación integral".
Esta ley permitirá que las personas desaparecidas conserven su personalidad jurídica y derechos laborales.
En caso de tener hijos se garantiza la conservación de la patria potestad, así como su patrimonio.
En el caso de los derechos laborales, la familia de la víctima de desaparición tendrá derecho a percibir el salario y prestaciones.
Otro de los beneficios es la suspensión de pagos en créditos de vivienda.
El proceso para acceder a la declaración de ausencia por desaparición es acudir al Ministerio Público para reportar la desaparición.
Si la persona no es localizada en un plazo de 30 días se presentará la solicitud de declaración de ausencia ante el Juez de Primera Instancia en Materia Civil.
En un plazo de diez días el juez dictará las medidas vigentes para proteger a la víctima, familia y quienes tengan relación directa con la personas desaparecida.
El reporte de desaparición podrá ser realizado por los cónyuges, parientes consanguíneos, adoptantes, parejas de la víctima, organizaciones no gubernamentales y Ministerios Públicos.