En decisión por mayoría, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declararon constitucional que las declaraciones de la situación patrimonial de los servidores públicos se harán públicas siempre y cuando el funcionario conceda su autorización previa.
Con esta resolución, se negó el amparo a un particular que solicitó las declaraciones patrimoniales de los diputados federales, y el caso llegó hasta el Alto Tribunal del país desde 2013, lo que derivó en un amplio debate que en junio del año pasado quedó sin conclusión y el proyecto se designó al ministro José Fernando Franco González.
A partir del nuevo proyecto, la decisión se tomó con siete votos contra dos, para establecer que el artículo 40, párrafo tercero, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos es constitucional y no viola el derecho al acceso a la información de los ciudadanos.
Por lo tanto, los ministros de la SCJN validaron que la publicitación de la información relativa al patrimonio de los servidores públicos a través de sus declaraciones anuales, sólo es posible cuando el funcionario conceda una autorización previa y específica para que se den a conocer sus datos, de lo contrario tendrán que mantenerse reservadas.