Atajan. Los ministros decidieron que el patrimonio de los funcionarios no es público.
En una decisión en la que se impuso la mayoría, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon constitucional que las declaraciones que contienen la información sobre la situación patrimonial de los servidores públicos, incluyendo diputados y senadores, sean públicas, sólo en los casos en los que los funcionarios conceden su autorización previa.
Con esta resolución se negó el amparo a un particular que solicitó las declaraciones patrimoniales de los diputados federales, en un expediente que llegó hasta el Alto Tribunal del país en 2013, lo que derivó en un amplio debate que en junio del año pasado quedó sin conclusión, ya que se desechó el proyecto que inicialmente estaba a favor de conceder la protección de la justicia federal al quejoso.
No obstante, se reasignó el amparo en revisión 599/2012 al ministro José Fernando Franco González, para que realizara un nuevo proyecto, que contempló varios de los argumentos de sus colegas durante la primera discusión del caso que se analizó hace 14 meses. A partir del nuevo proyecto, este martes siete de los ministros determinaron que el artículo 40, párrafo tercero, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos es constitucional, y no viola el derecho al acceso a la información de los ciudadanos.
Por lo tanto, los ministros de la SCJN validaron que la publicitación de la información relativa al patrimonio de los servidores públicos a través de sus declaraciones anuales, sólo es posible cuando el funcionario concede una autorización previa y específica para que se den a conocer sus datos.
El presidente de la Corte, Juan Silva Meza, se declaró en contra de esta decisión junto con José Ramón Cossío Díaz, pero fue insuficiente.