Gómez Palacio

Definen plazos para multas mínimas viales

MA. ELENA HOLGUÍN

Quienes cometan alguna de los 82 infracciones más frecuentes al conducir unidades automotoras, bicicletas o motocicletas en la Zona Metropolitana tendrán un plazo de siete días hábiles para cubrir la multa mínima, pero a partir del octavo día se les aplicará la máxima cantidad.

La homologación de los reglamentos de Tránsito y Vialidad en las ciudades de Gómez Palacio, Lerdo, Torreón y Matamoros establece también la negativa a que regidores o síndicos municipales concedan descuentos a los infractores.

Por ejemplo, pasarse un semáforo en rojo costará diez salarios mínimos en el período de los siete días, pero subirá hasta los 15 a partir del octavo día; la medida será la misma en las cuatro ciudades y para los automovilistas, ciclistas y motociclistas.

Según el encargado de la Comisión de Tránsito y Vialidad en este municipio, Mario Ortega la intención es proteger la seguridad de tripulantes de motos y bicicletas, quienes están acostumbrados a desatender los señalamientos. La otra parte es también respetar a los peatones.

Se incluyen además sanciones para los conductores de unidades de procedencia extranjera que no tengan seguros de daños a terceros ni licencia de conducir vigentes, con multas de diez a 20 salarios mínimos; de diez a 15 salarios para quienes ocupen cajones de estacionamiento para personas con discapacidad y no lo sean y la verificación vehicular, entre muchos otros conceptos.

A partir de la clave número 83, cada municipio aplicará sus propios criterios de sanciones y descuentos.

Después que ya se aprobó el reglamento con criterios homologados éste será valorado por el Congreso del Estado, y entrará en vigor tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Castigos

Algunas de las infracciones homologadas son:

⇒ No respetar la luz roja del semáforo: De 10 a 15 salarios mínimos

⇒ Conducir a exceso de velocidad: De 6 a 10 salarios mínimos

⇒ Circular con placas sobrepuestas: De 10 a 15 salarios mínimos

⇒ Conducir en estado de ebriedad: De 40 a 60 salarios mínimos

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