Sin precisión. El reglamento del Cobaed remite a varias leyes al establecer los requisitos que deberá cumplir el director general, no se precisan en el propio reglamento.
Durango
Para ser director general de un organismo descentralizado en Durango no se requiere tener gran experiencia, basta cumplir con requisitos mínimos para poder ser designado.
Y es que, tras el nombramiento de Jesús Cabral es Silva como director general del Colegio de Bachilleres del Estado (Cobaed), surgieron críticas en torno a su escasa experiencia académica para poder desempeñar el cargo, pero el reglamento de la institución permite su designación.
En este sentido, el artículo 12 del Reglamento General el Cobaed menciona que el director general será designado por el gobernador del Estado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 70 fracción V de la Constitución Política del Estado y en el artículo 26 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Durango.
El primero en mención establecía como una de las facultades del Ejecutivo Estatal "nombrar y remover libremente a los funcionarios (...)". Aunque vale la pena mencionar que tras la reforma constitucional de 2013, se tendrá que armonizar el reglamento del Cobaed ya que el contenido en mención ya no corresponde a ese artículo.
Asimismo, el artículo 26 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado dice que "el Director General (de cualquier entidad) será designado por el gobernador del Estado o a indicación de éste por el secretario del ramo coordinador de sector. El nombramiento recaerá en la persona que reúna los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango y en el ordenamiento de creación respectivo".
Dicha Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado establece en su artículo 11 que para ser titular de las dependencias y entidades, con excepción de las mencionadas en la Constitución Política del Estado, se requiere: ser ciudadano mexicano, haber cumplido 21 años de edad para el día de la designación, estar en pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional (...); además de rendir la protesta de ley.
Sí PIDEN EXPERIENCIA En contraste, las leyes de creación de los Colegios de Bachilleres en estados como Hidalgo, Sonora y Zacatecas (Durango carece de una ley como ésta) contemplan como requisitos para ser director general tener título de licenciatura, además de cinco años de experiencia académica.
El siglo de torreón
Requisitos
Para ser director general:
⇒ Ser ciudadano mexicano.
⇒ Haber cumplido 21 años de edad para el día de la designación.
⇒ Estar en pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos.
⇒ Gozar de buena reputación.