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Reasignación de ‘pluris’

El viernes 19 de septiembre de 2014 la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en Monterrey, no sólo revocó la asignación de las diputaciones por el principio de representación proporcional realizada por el IEPCC y ratificada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Coahuila, sino también, le puso nombre y género.

El resultado de la sentencia era previsible, puesto que el caso de Coahuila es similar al de Nayarit, en donde la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la resolución del Recurso de Reconsideración SUP-REC-892/2014, se pronunció en este sentido.

Más allá del impacto en la reconformación del Poder Legislativo Local o en la vida política de nuestro estado, lo relevante, de las dos sentencias es que se privilegio el respeto a la voluntad del pueblo expresada en las urnas a través del voto universal, libre y secreto.

En ambos recursos el Trife concede preeminencia al principio de proporcionalidad, cuyo objetivo es que la pluralidad expresada en las urnas se refleje lo más fielmente posible en la integración de los Poderes de la Nación.

Con esta decisión, intrínsecamente se garantiza la composición plural del poder legislativo; se fortalece el sistema de pesos y contrapesos; y se inhibe la distorsión del poder por un grupo mayoritario.

Las sentencias, a la vez, nos ilustran las ventajas implícitas de contar con un sistema de representación proporcional en las legislaturas, con argumentos y análisis sólidos, que contrastan con el deseo simplista, que raya en el infantilismo, de reducirlas o desaparecerlas.

En Coahuila, tenemos amplia experiencia en lo hasta aquí comentado, la reducción de legisladores aunada a la sobrerrepresentación del PRI y la subrepresentación del PAN, lejos de traer beneficios al pueblo, sólo nos ha dañado. Históricamente, el Legislativo Local ha sido un simple lacayo complaciente de los caprichos del Ejecutivo Estatal.

Otro tema relevante tratado en la sentencia, es el relacionado con inhibir la simulación de postular a militantes de un partido como candidatos de otro. Artimaña a la que recurrió el PRI nuevamente en esta elección, avalado por el IEPCC y el Tribunal Electoral Local, mas no por la Sala Regional del Trife, que la declaró ilegal, por lo que, determinó el triunfo del PRI en los 16 Distritos, no en 14, como el PRI-Gobierno pretendía para poder acceder a las plurinominales.

Finalmente, se sienta un precedente más, al señalar la manera en que quedará integrada la LX Legislatura del H. Congreso del Estado de Coahuila, al privilegiar la equidad de género, modificando el orden de las listas enviadas por los partidos políticos. Lo que, sin lugar a dudas, sorprendió y puso en jaque sus dirigentes.

Si el criterio de equidad de género antes expuesto se vuelve regla, le agrega un ingrediente de incertidumbre al proceso de entrega de constancias a los “pluris”, ya que dependerá de la proporción de hombres y mujeres que obtengan el triunfo por el principio de mayoría relativa. Por lo que, al Congreso puede llegar, no el favorito del líder del partido, sino el segundo(a) en la lista.

Por el momento, esta reasignación no preocupa al Ejecutivo del Estado, ya que contará con una mayoría calificada en el Congreso, gracias a los partidos esquiroles que lo acompañan, sin embargo las próximas legislaturas, estoy seguro, se apegarán más a los deseos del pueblo.

Les recuerdo a los pseudopartidos con registro que ya no se permitirá el trasvase de votos.

Jesús Gerardo Puentes Balderas,

Torreón, Coahuila.

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