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Fue invalidada elección ejidal

LAS NUEVAS ELECCIONES PODRíAN COSTAR 60 MIL PESOS

Discusión. La sentencia del Tribunal generó controversia en la Comisión de Gobernación.

Discusión. La sentencia del Tribunal generó controversia en la Comisión de Gobernación.

EL SIGLO DE TORREÓN

El Tribunal Estatal Electoral ordenó al Municipio de Gómez Palacio efectuar una nueva elección para la jefatura de cuartel del ejido Masitas (El Paraíso), tras revocar los resultados del primer proceso efectuado el 22 de noviembre pasado.

La sentencia surgió del juicio TE-JDC-031/2013 para la protección de los derechos político-electorales promovida por Felipe Luján Martínez, uno de los que contendió por la jefatura de cuartel ante la instancia electoral.

La resolución del TEE generó toda una controversia entre la Comisión de Gobernación y particularmente entre el alcalde, José Miguel Campillo y el panista Francisco Raúl Ramírez, a quien el presidente municipal acusó de apoyar directamente a Luján y hasta de financiarlo para promover un juicio en contra del propio ayuntamiento.

La Comisión se reunió ayer y el tema generó discusión entre los integrantes; Campillo dijo que la actitud de Ramírez Ávila es irresponsable porque Luján Martínez evidenció el apoyo del edil, al ofrecer como domicilio para recibir notificaciones el de la oficina del regidor en la presidencia municipal.

Dijo que, además esta resolución generará gastos al Municipio hasta por 60 mil pesos "que se restarán de alguna obra", ya que la sentencia ordena al ayuntamiento organizar la elección en la comunidad con todas las características de las que organizan los institutos electorales, es decir, con urnas, mamparas, padrón electoral y recursos humanos que deberán hacer un censo de la población en edad de votar.

Por su parte, Ramírez Ávila señaló que la sentencia en contra del ayuntamiento no tiene precedentes y que Luján solicitó el apoyo no sólo de él, sino de varios regidores, al igual que lo sucedido con gente de otras comunidades que no está satisfecha con la renovación de sus jefaturas de cuartel.

Nueva elección

La sentencia establece, entre otras cosas, que:

⇒ La convocatoria omitió bases de todas las etapas del proceso y los medios de impugnación.

⇒ La elección violó el principio de universalidad del voto, al convocar a una asamblea comicial en lugar de convocar a los ciudadanos.

⇒ Se hizo sin un padrón o listado nominal.

⇒ Se contravino el principio de secrecía del voto, pues la elección fue a mano alzada y en público.

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