Haga su testamento
Pensar en morir es un tema que puede asustar a cualquiera, sin embargo, es una realidad. ¿Usted se ha preguntado a quien le dejará sus bienes? ¿Cómo realizará la división de su patrimonio? O bien, ¿ha considerado que si no organiza estos aspectos puede heredar problemas a sus familiares?
Hay casos en los que muere un padre de familia y deja sus bienes intestados, lo que genera problemas legales para su cónyuge, hijos o hermanos. La Asociación Nacional del Notariado Mexicano AC, realiza campañas para concientizar acerca de la importancia de hacer un testamento, cuyo objetivo es incrementar la cultura testamentaria y evitar problemas de tipo legal en la sociedad.
En términos teóricos, este documento es un instrumento legal que expresa la voluntad del legítimo propietario o testador para que sus familiares o amigos adquieran derecho de sus propiedades después de su fallecimiento, con esto, ellos serán los herederos legítimos de sus bienes.
En el marco jurídico, se refiere al acto por el cual una persona dispone de todos sus bienes o parte de ellos para ser repartidos en su deceso. De acuerdo con la Asociación Nacional del Notariado Mexicano, existen varios tipos de testamentos:
Testamento universal: se realiza cuando una persona transmite a sus herederos la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones en los porcentajes que se designen. Basta con que el interesado explique a un notario que desea heredar todos sus bienes a una sola persona que, por lo general, es el cónyuge, o repartir por partes iguales entre sus hijos, en caso de que falte el cónyuge.
Testamento a título particular: también se le llama «el legado» y consiste en heredar un bien a una o varias personas. En este caso, «el legado» se hace de acuerdo a las instrucciones específicas del testado, por lo que resulta fundamental proporcionar los datos precisos de los bienes que se desean legar a cada heredero.
En un testamento es posible reconocer hijos fuera del matrimonio y dejar instrucciones específicas, principalmente sobre la divulgación de documentos. Por ello, los especialistas recomiendan diversas modalidades de testamento.
Testamento público abierto: es el más usual y recomendado. Se realiza ante un notario público y permite disponer libremente de los bienes para transferirlos a sus herederos, que pueden ser el cónyuge, hijos, padres, hermanos, familiares, amigos, personas de tipo académico o instituciones de beneficencia.
Testamento público cerrado: en este caso el notario público es quien da fe de su otorgamiento. La Asociación Nacional del Notariado Mexicano señala que éste deberá ser firmado por el testador, los testigos y el notario público, quien pondrá su sello en el documento.
Una vez que el procedimiento se haya realizado (cerrado y autorizado), el notario público lo anotará en su libro y lo entregará al testador. En el protocolo general queda sentado el lugar, hora, día, mes y año en que el testamento fue autorizado.
Modalidad pública simplificada: es importante aclarar que el nombre de la modalidad del testamento puede cambiar de acuerdo al estado. En este caso, el notario público da fe del acto jurídico donde la persona adquiere un inmueble, y señala a sus legatarios en la escritura pública de adquisición. Al realizar esto, se elabora un aviso de testamento que se integra a la base de datos del Sistema Nacional del Registro de Avisos de Testamento.
Testamento ológrafo: se trata de un testamento usado en el pasado que es escrito, fechado y firmado por el testador. Desde luego, se dan ciertas formalidades como la ausencia de tachaduras para salvaguardar la integridad. Aquí, el notario da fe y legalidad de lo estipulado por el testador.
Documento con ocasión de calamidad pública, marítimo, militar: además del común o mancomunado, es el que hacen dos personas disponiendo en un mismo acto de sus fincas a favor de un tercero.
Testamento mutuo o captatorio: es el que hacen recíprocamente dos personas a favor de la que sobreviva.
Testamento vital: es la manifestación de la voluntad anticipada en caso de que la persona no cuente con las facultades necesarias para decidir acerca de su tratamiento médico. Las indicaciones se aplican sobre una situación terminal bajo un estado permanente de inconsciencia o por daño cerebral irreversible. En un testamento vital se debe indicar el tratamiento que se le practicará al testador para lograr que se mantenga cómodo y sin dolor.
Existen varios argumentos para realizar un documento testamentario. Uno de ellos es que simplifica la distribución de los bienes. Además, representa un acto de amor, ya que la persona demuestra que se preocupa en vida por sus seres queridos. Para quienes tienen hijos pequeños, uno de los principales motivos para testar, es asegurar económicamente su futuro. Y en caso de que los hijos ya sean adultos, realizar un testamento se vuelve un refuerzo para su posición financiera.
De alguna forma, hacer un documento evita pleitos entre padre, hijos y hermanos, así como desavenencias. Desde luego, un testamento ofrece seguridad jurídica. De acuerdo a notarios expertos en la materia, lo primero que se debe hacer es acudir a una notaría pública y solicitar una asesoría, a través de la cual se podrá conocer qué bienes pueden dejarse en herencia y quiénes son las personas más adecuadas para recibirlos.
Una vez establecidos en una lista, es importante verificar que todos los documentos legales de los bienes estén en orden, ya que estos serán solicitados por el notario, quien comprobará que todo esté de acuerdo a la ley.
Dependiendo del tipo de testamento que se quiera realizar, el especialista indicará cuáles son los pasos a seguir. En caso de que se soliciten testigos -como se estipula en algunos modelos- se solicitará la presencia de estos con su credencial de elector el día que se firmen los documentos finales.
De acuerdo con la pagina web economía.com.mx, “Hoy en día el hacer su testamento es un procedimiento rápido y los requisitos son muy sencillos de cumplir; generalmente no se requieren testigos, basta con que el testado muestre una identificación oficial, además de que el costo de este trámite es muy accesible. En promedio, varía entre mil quinientos y dos mil pesos”.
BIENES MANCOMUNADOS
Una de las recomendaciones que dan los notarios públicos, es que si una persona está casada por bienes mancomunados, realice el testamento de forma simultánea, ya que se corre el riesgo de que la mitad de los bienes de la sociedad conyugal queden intestados. En caso de estar casados por bienes separados, cada quien podrá disponer de sus bienes de forma libre, haciendo heredero al cónyuge que sobreviva o a otra persona.
Si usted posee bienes que quiere dejar en herencia, no lo piense más y acuda a una notaría pública.
Correo-e: smunoz@elsiglodetorreon.com.mx