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Rechaza TEPJF sancionar a senadora del PRI por difusión de informe

EL UNIVERSAL

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la senadora y aspirante a la gubernatura de Sonora, Claudia Artemiza Pavlovich, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y concesionarios de radio y televisión no violaron la ley electoral en la difusión del segundo informe de labores de la legisladora.

"Es inexistente la violación objeto del Procedimiento Especial Sancionador en contra de la senadora Claudia Artemiza Pavlovich Arellano, por lo que hace a la violación relacionada con la difusión de diversos promocionales relacionados con su Segundo Informe de Gobierno en señales de radio y canales de televisión con cobertura en el Estado de Sonora", determinaron los magistrados de la Sala.

En su primera sesión de la Sala Regional Especializada para resolver un procedimiento especial sancionador, los tres magistrados aprobaron por unanimidad el proyecto de sentencia que estableció que los promocionales de la senadora no tuvieron como objetivo posicionarla para acceder a un cargo de elección popular ni influir en las preferencias electorales, sino evidenciar problemas de Sonora sea e informar de sus gestiones en el Senado.

"De esta forma, al no existir conducta ilegal por parte de la senadora es posible concluir que tampoco hay responsabilidad para los concesionarios de radio y televisión que difundieron la publicidad y la respectiva contratación de tiempos en tales medios fue apegada a derecho".

La senadora fue impugnada por el priísta Rafael Briceño Cota por difusión indebida por radio y televisión por el segundo informe de actividades legislativas, que debe realizarse una vez al año.

Para los tres magistrados de la Sala, la senadora cumplió con la normatividad porque presentó su primer informe en marzo y el segundo en noviembre porque se trató de periodos legislativos distintos.

Asimismo, desestimaron la culpa “in vigilando” atribuida al Partido Revolucionario Institucional porque no se puede responsabilizar al partido por supuestas conductas infractoras realizadas por servidores públicos.

La Sala Regional Especializada del TEPJF es la encargada de resolver los procedimientos especiales sancionadores, establecidos en la ley electoral.

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Escrito en: claudia artemiza pavlovich

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