El Senado de Paraguay aprobó hoy la ley que prohíbe el nepotismo en la función pública, tras aceptar la modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados al proyecto legal.
La iniciativa busca prohibir que las autoridades de los tres poderes del Estado, así como de entes autónomos, nacionales, departamentales y municipales, puedan nombrar, contratar o proponer el acceso a cargos públicos a familiares.
La prohibición rige para la contratación, por parte de funcionarios públicos, de cónyuges, concubinos y parientes comprendidos hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, conforme a la nueva ley.
El texto de la normativa aclara, sin embargo, que quedan exentos de la disposición aquellos nombramientos, contrataciones o propuestas que se efectúen en el marco de un concurso público de oposición, conforme a las normas legales aplicables.
La estatal agencia paraguaya de noticias IP mencionó que este proyecto fue presentado por varios senadores y aprobado por la cámara alta en diciembre de 2013, pero en junio pasado los diputados introdujeron algunas modificaciones.
El proyecto aprobado este jueves por el Senado crea además el tipo penal de nepotismo y establece una pena privativa de libertad de tres años o multa, más la inhabilitación para el ejercicio de otro cargo público por cinco años.
Tras ser sancionada en la cámara alta, la ley fue remitida al poder Ejecutivo para su promulgación o veto y, en caso de ser refrendada por el presidente Horacio Cartes, la nueva legislación entrará a regir a partir del año siguiente de su promulgación.