Por 8 votos contra 2, el pleno de la Corte consideró que el plazo de 30 días para designar representantes es razonable para un proceso electoral ordenado. (ARCHIVO)
La Suprema Corte de Justicia avaló una norma de Sinaloa que deja a los candidatos independientes sin representantes en los órganos electorales, si exceden del plazo establecido para nombrarlos.
Por 8 votos contra 2, el pleno de la Corte consideró que el plazo de 30 días para designar representantes es razonable para un proceso electoral ordenado.
Los ministros Arturo Zaldívar y Fernando Franco, que votaron en contra, destacaron que existe un trato diferenciado con los partidos políticos.
"Hay un trato desproporcionado e inequitativo en relación con los partidos políticos", afirmó Zaldívar.
"Se dice que los independientes, si no nombran sus representantes, pierden el derecho a tenerlos, pero los partidos no sólo no pierden el derecho a nombrar representantes si no lo hacen en el plazo, pueden cambiarlos en cualquier momento", agregó.
También cuestionó que los independientes tengan que nombrar representantes desde que se registran como aspirantes, y no hasta que se les reconoce como candidatos.
"Los candidatos independientes y los de partido no son iguales, pero hay cierto tipo de condiciones que deben ser razonables", señaló Franco.
"¿Por qué se les debe dar trato diferenciado respecto de los partidos y sus candidatos, si se trata del registro de representantes ante órganos electorales? No encuentro ninguna razón para la distinción", concluyó.
La designación de representantes puede ser complicada para los candidatos independientes a Gobernador, ya que tienen que acreditarlos ante el Instituto Estatal Electoral, pero también en todos los Consejos Distritales.
"El establecimiento de un plazo perentorio para la designación de representantes por parte de los candidatos independientes no constituye de ninguna manera una sanción en términos del artículo 22 de la Constitución", dice la sentencia del Ministro José Ramón Cossío.
La Corte ha avalado requisitos para candidatos independientes previstos en varios estados, entre ellos contar con apoyo previo de 3 por ciento del padrón respectivo, y no parece haber interés de la mayoría de ministros de invalidar este tipo de candados mientras la Constitución no se los requiera.