La Cámara de Diputados aprobó ayer la minuta enviada por el Senado que reforma diversas disposiciones legales para permitir el porte de armas en territorio nacional por parte de agentes extranjeros, y la envió al Ejecutivo para su promulgación.
Inicialmente, los diputados aprobaron en lo general por 288 votos en favor, 82 en contra y 9 abstenciones el documento que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
De inmediato, el pleno inició la discusión de las reservas presentadas por 21 diputados del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y 7 del Partido Acción Nacional (PAN).
Tras ser rechazadas de forma gradual las reservas, la reforma fue avalada en particular por 198 votos en favor, 127 en contra y una abstención.
El documento autoriza el porte de armas en territorio mexicano a servidores públicos extranjeros de migración y aduanas, así como a los agentes de seguridad en las visitas oficiales de jefes de Estado o de Gobierno, ministros o equivalentes.
Con base en el principio de reciprocidad, también podrán portar armas de fuego los servidores públicos mexicanos que participen en las actividades migratorias o aduaneras realizadas en instalaciones de países extranjeros.
La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) será la que autorice el porte temporal de armas a los agentes extranjeros que participen en la revisión migratoria en puntos de tránsito internacionales o en el despacho conjunto de mercancías en las aduanas nacionales.