Negativa. Para la Iglesia católica mexicana, los matrimonios no pueden ser más que entre una mujer y um hombre heterosexuales.
La Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) sostuvo que la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que considera inconstitucionales los Códigos Civiles que no contemplen el matrimonio entre personas del mismo sexo, rompe con la tradición jurídica de que el matrimonio se funda en la unión de un hombre con una mujer, además de que "contraviene los principios del federalismo".
A través de una declaración emitida por el Consejo de la Presidencia y de la Comisión Episcopal para la Familia, Juventud, Laicos y Vida, la CEM reiteró su opinión de que, "basada en razones científicas, sociales y religiosas, la familia, célula de la sociedad, se funda en el matrimonio de un hombre con una mujer, que por su capacidad procreativa garantizan la supervivencia de la sociedad.
"Con esta convicción, la Iglesia sostiene que el matrimonio sólo puede celebrarse entre un hombre y una mujer, y defiende este valor para el bien de las personas y de toda la sociedad", señaló.
"En tal sentido, la sentencia de la Suprema Corte, además de romper con esta sólida tradición jurídica y el bien social que custodia, contraviene los principios del federalismo y la razón de ser de los diversos códigos civiles, que pretenden responder a la realidad concreta de cada entidad federativa y su pluralidad, lo que debe reflejarse en las acciones de los jueces".
EL UNIVERSAL informó hace una semana que la Corte determinó como inconstitucionales los Códigos Civiles de los estados que consideren únicamente al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, cuyo fin último sea la procreación.
Este criterio se aplica a todo el país e impacta en todos los procesos judiciales relacionados con este tema. La jurisprudencia se creó a partir de todos los fallos en los que los ministros resolvieron en favor de los derechos de este sector de la población.
La jurisprudencia 43/2015 establece que "la ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquel es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional".
Los obispos del país exponen en su declaración que, además de que esa jurisprudencia fue avalada sólo por cuatro ministros, "no corresponde a la Suprema Corte crear nuevas formas de matrimonio, porque ya no sería matrimonio, sino otro tipo de unión".
"En el caso que nos ocupa, sí se justifica la distinción, como la hay, por ejemplo, al no permitir el voto a un menor de edad o a un extranjero, ya que no atenta a sus derechos políticos, sino salvaguarda la Nación", declaró la CEM.
"Si bien valoramos que nadie deba ser objeto de discriminación, tal como lo consigna el artículo primero constitucional, esto no significa que deba modificarse la esencia del matrimonio, ni que se olvide el espíritu del Constituyente que, en el artículo cuarto, primer párrafo de la propia Ley Fundamental, reconoce la igualdad del varón y la mujer y establece el deber legal de proteger el desarrollo y organización de la familia", apuntó el Episcopado.
Acata magistrado orden de la Corte para matrimonios gay en Guanajuato
El presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Miguel Valadez Reyes afirmó que no se requiere de una reforma al Código Civil para validar a partir de ahora los matrimonios entre parejas del mismo sexo en Guanajuato.
Destacó que la jurisprudencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que consideró inconstitucionales los Códigos Civiles en entidades federativas que prohíben los matrimonios homosexuales, es una letra que se debe acatar por jueces exista o modificación de la norma por parte de legisladores locales.
"Para nosotros los jueces ya no sería necesaria la reforma, ya con reforma o sin reforma la jurisprudencia es vinculatoria y la tendríamos que acatar", señaló esta tarde.
En el Congreso local, el grupo parlamentario del PAN se opone a dar el paso de reformar el Código Civil para validar las bodas entre parejas del mismo sexo.
Dos iniciativas, una presentada por el PRI y otra por el PRD no han pasado al Pleno, pese a que ya fueron dictaminadas en comisiones.
Valadez Reyes indicó que el fallo de la semana pasada de la Corte se debe acatar en todo el país.
"La jurisprudencia o pronunciamientos no son más que la parte sintética de todo un estudio, es como las sentencias nuestras, pero son precedidas de todo un proceso donde hay elementos, hay pruebas, todo esto tiene que examinarse para llegar a la conclusión de lo imperativo, lo obligatorio, que resultaría este pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que en caso de que éste sea vinculatorio los jueces no vamos a tener más que acatar, como acatamos las jurisprudencia firmes que se produce por los tribunales de amparo", indicó.
El magistrado mencionó que si un juez actualmente tiene en sus manos un proceso de amparo para otorgar el aval a una boda gay, deberá aplicar la jurisprudencia de la Corte.
"La jurisprudencia tiene aplicación en el caso que se va a resolver, de manera que si el día de hoy uno de nuestros jueces tuviera ya que pronunciarse, que emitir una sentencia con relación a un caso, tendría que aplicar el pronunciamiento", reiteró.