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CRÓNICA GOMEZPALATINA

Los ejidos gomezpalatinos y suorigen

MANUEL RAMÍREZ LÓPEZ, CRONISTA OFICIAL DE GÓMEZ PALACIO

Primer parte

En las siguientes quincenas en que aparecerá esta columna, estará dedicada a tratar sobre el origen de los nombres de algunas de las comunidades y ejidos del campo gomezpalatino y peculiaridades de los mismos, ya que a través del tiempo transcurrido desde su fundación, se ha venido perdiendo el antecedente de su denominación y causas relativas, ya que en muchas ocasiones, ni las gentes que han vivido en esas poblaciones saben el significado de los acontecimientos ocurridos en su terruño.

Si bien hasta la terminación del proceso revolucionario de 1910, el campo de Gómez Palacio estaba conformado por haciendas y a su interior se encontraban distribuidas pequeñas poblaciones donde habitaban los peones acasillados que laboraban para las mismas, a partir del Decreto Ley del 6 de enero de 1915 promulgado por Venustiano Carranza, en Veracruz, éste se convirtió en la primera legislación formal federal de la Revolución Mexicana de tipo agrario, y a la que se le dio rango constitucional contemplado en el Artículo 27 de la Carta Magna, el cual planteaba la restitución de tierras a los poblados que habían sido privados de ellas por parte de los hacendados y también abrió la posibilidad de realizar la dotación de tierras a nuevos solicitantes.

Si bien la mayoría de la población piensa que los ejidos surgieron con el Decreto del 6 de Octubre de 1936, bajo la presidencia de Lázaro Cárdenas del Río, o que son el resultado de la Revolución Mexicana, la realidad es muy diferente, pues dicha forma de propiedad es casi 400 años más antigua que la revolución y su cuna no fue México, sino España, y cuya figura quedó contemplada dentro de las Leyes de Indias, en la Ley XIII, se establece la Ordenanza 129 de Poblaciones: "Que se señale exido (sic) competente para el pueblo", y cuyo mandato luego fue contemplado en la legislación de la Nueva España: "Los Exidos sean en tan competente distancia, que si creciere la población, siempre quede bastante espacio para que la gente se pueda recrear y salir los ganados sin hacer daño". De la misma forma, en la Ley XIV, el emperador D. Carlos, emite en 1523 la Ordenanza 130 de Poblaciones donde se establece textualmente: "Que se señalen dehesas y tierras para propios…Habiendo señalado competente cantidad de tierra para exido de la poblacion y su creci¬miento, en conformidad con lo proveido, señalen los que tuvieren facultad para hacer el descubrimiento y nueva poblacion, dehesas, que confinen con los exidos en que pastar los bueyes de labor, caballos, y ganado de la carnicería, y para el número ordinario de los otros ganados, que los pobladores por ordenanza han de tener y alguna buena cantidad mas…", delimitando el concepto de ejido (exido)como propiedad común para el usufructo de todos los integrantes de la comunidad, en convivencia pacífica con los vecinos. El término ejido, de acuerdo con la Real Academia Española, proviene del latín "Exitus" que significa "salida" y eran las tierras aledañas a las poblaciones, lo cual sigue teniendo cierta semejanza con la vida rural actual.

Los diferentes acontecimientos sociales posteriores a la Independencia, fueron conformando todo un marco jurídico-político para reglamentar las relaciones de propiedad en nuestro país, en un proceso que suscitó acontecimientos violentos debido a la excesiva concentración de la tierra en pocas manos. La Revolución Mexicana cuestionaba en esencia la falta de libertad, pero también, y sobre todo, la injusta distribución de la riqueza, particularmente de la tierra, que era el bien raíz principal.

La primera Ley Agraria de México fue Promulgada en el estado de Durango, el 3 de octubre de 1913, por el gobernador revolucionario Pastor Rouaix, en la cual se establecía el fraccionamiento de los latifundios, se ordenaba la expropiación de los bienes del clero y la intervención de los bancos, por considerar que jugaban un papel abiertamente contrarrevolucionario.

En La Laguna, todo el escenario territorial era ocupado por las grandes haciendas, por lo que la propiedad social era prácticamente inexistente. Sin embargo, a partir de la Constitución de 1917, se iniciaron las entregas de superficie a diferentes poblaciones, entre ellas al pueblo de San Juan de Avilés, hoy Ciudad Juárez, que recibió dotaciones de tierra en 1917, 1922 y 1924. A la cabecera de Lerdo, el gobierno de Álvaro Obregón le entregó tierra ejidal en 1922, ante la férrea oposición de Pastor Rouaix, por considerar que contravenía la Constitución de 1917 que establecía la prohibición de entregar tierras ejidales a los habitantes de la ciudades, ya que para Rouaix, se estaba condenando a Lerdo al atraso y la miseria, al estrangular su crecimiento urbano y evitar su futura expansión, en lo que el tiempo le dio la razón.

En Gómez Palacio, el surgimiento de los ejidos, se generalizó a partir del Decreto del 6 de Octubre de 1936, cuando el presidente Lázaro Cárdenas tomó la histórica decisión de expropiar todas las haciendas laguneras ante el conflicto generado por la cerrazón de los propietarios de respetar los derechos laborales de los jornaleros agrícolas, por lo que se inició el reparto de tierras a los habitantes del campo el 17 de octubre de ese año, precisamente en la Hacienda de Los Ángeles, propiedad del señor Enrique Marroquín y en el mismo acto, se entregó también la hacienda Venecia, de la señora Francisca Luján de Suinaga.

Los nombres que fueron adoptando los ejidos, eran variables, pues en algunos casos se le dejó el nombre que tenía la hacienda. En otros, se utilizaba la fecha en que se realizó la dotación de tierras, o alguna denominación que no los vinculara con el pasado. No fueron pocos lo que escogieron identificaciones que evocaban epopeyas gloriosas, como Independencia, Reforma, y otros, pero también fueron elegidos los nombres de personajes que se distinguieron por su desempeño a favor de las causas sociales, el desarrollo de la comunidad rural o que realizaron aportaciones significativas al país, el estado o la región. Algunos de ellos, fueron los siguientes:

Juan Vicente Nava, fue el líder que encabezó el litigio agrario más extenso de que se tenga memoria en nuestra región, pues duró 48 años, el cual, por su resonancia, fue conocido como el "Denuncio Nava". Apoyado en los preceptos de la Ley sobre Terrenos Baldíos de 1863, Vicente Nava y un grupo de campesinos de la región buscaron conseguir que se les dotara de tierras en la laguna duranguense. Este caso, sobre el que aún no había solicitud legal, de acuerdo con las declaraciones hechas en 1926 por Eufrosino Jiménez, sobrino de don Juan Ignacio Jiménez, propietario de la hacienda de Santa Rosa de Lima (hoy Gómez Palacio), fue analizado por el presidente Benito Járez García durante su estancia en la hacienda de Santa Rosa en 1864, quién consideró que era improcedente la petición de Nava y sus socios, por no existir soporte técnico y jurídico para tal petición.

El 24 de junio de 1878, Juan Vicente Nava presentó ante la Secretaría de Fomento la demanda de concesión de terrenos baldíos en la laguna desecada de Tlahualilo, en el Bolsón de Mapimí, para formar una colonia agrícola, con linderos bastante imprecisos pero que abarcaban una superficie de más de ¡Un millón de hectáreas! Esa superficie se localizaba entre los estados de Coahuila, Chihuahua y Durango, e incluía todas las tierras de riego de la margen izquierda del río Nazas, por lo que los terratenientes y hacendados, como Santiago Lavín, Juan Nepomuceno Flores, Ramón N. Lujan, Elisa San Martín Vda. de Jiménez, entre otros, se pusieron en guardia para defender lo que, en su opinión, les pertenecía.

El litigio en los tribunales duraría 48 años, tiempo durante el cual se tuvieron que realizar trabajos de apeo y deslinde de la enorme superficie; alegatos, comparecencias y presentación de constancias de propiedad y diversas pruebas, en un proceso que se antojaba interminable y que involucró a varias generaciones. Durante ese periodo, alentados por el ejemplo de Vicente Nava y sus socios, números grupos de campesinos realizaron la invasión y ocupación de diversas haciendas, lo que mantuvo una gran tensión política en la región durante varias décadas. Después de que el caso fue analizado en el Juzgado de Distrito de Durango y luego en el Chihuahua, llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Finalmente, el 23 de abril de 1927, se emitió el acuerdo presidencial que terminaría con el más largo juicio agrario de que se tenga memoria en La Laguna, dictaminándose la improcedencia del "Denuncio Nava", de la misma forma que se demostró la falsedad de una gran cantidad de supuestas propiedades de los hacendados. Aquellos a los que si les reconocieron su legitima posesión, también se les exigió en el Decreto señalado, que aportaran en su totalidad la hacienda de La Goma, en el municipio de Lerdo, con el fin de crear la "Colonia Nava", para reubicar a los campesinos que ocupaban superficies de las haciendas, con lo que se dio por concluido este largo conflicto.

En 1939, el ejido gomezpalatino denominado "Sociedad de Crédito de Gómez Palacio", fue dividido para crear cuatro poblados autónomos: Independencia; Arenales; Emiliano Zapata y Vicente Nava, con 56; 48; 37 y 67 socios, respectivamente. A éste último, se le impuso ese nombre como un homenaje al líder Juan Vicente Nava, que desafió al poder porfirista y de los influyentes latifundistas para reivindicar a la clase campesina. El primer Comisariado Ejidal fue el señor Tomás Vázquez. Continuará…

ramlom28@hotmail.com

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