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El registro del PT abre una nueva problemática

JESÚS CANTÚ

La recuperación del registro del Partido del Trabajo plantea varias interrogantes, una de las cuales ya fue resuelta por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral; otra que tendrá que resolverse necesariamente antes de que inicie el segundo período de sesiones de la actual legislatura; y otras que deberán resolver los legisladores un año antes de la siguiente elección federal.

La legislación no prevé expresamente qué sucede cuando el registro de un partido político puede depender del resultado de una o varias elecciones extraordinarias en distritos uninominales, por lo cual los tiempos contemplados para las mismas no tienen ningún tipo de vinculación con la toma de posesión de la legislatura correspondiente; estos tiempos habían funcionado bien hasta ahora porque en 2003, año en el que hubo elecciones extraordinarias en 2 distritos federales, porque los partidos que perdieron el registro habían quedado muy lejos de lograrlo y ni siquiera en el caso de que obtuvieran el 100 % de los votos en esos comicios lo hubieran recuperado.

Sin embargo, en este año la situación fue muy diferente, pues el Partido del Trabajo estaba a escasos 4 mil votos de retenerlo, por lo cual recurrió a todas las instancias legales disponibles para mantenerlo y la resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en el sentido de que sí se deben tomar en cuenta los resultados de las elecciones extraordinarias que se celebren para determinar si los partidos políticos conservan o no su registro, evidencia varios problemas que no estaban previstos.

El primero de ellos es que el INE ya había aprobado el reparto del presupuesto público que le correspondía a cada partido político para el año 2016, antes de la elección extraordinaria en el distrito 1 de Aguascalientes, lo cual no consideraba al PT; por lo cual tuvo que anular el acuerdo previo y hacer uno nuevo, en el que ya contempla a dicho partido y, por lo tanto, reasigna los montos que recibirán los 9 partidos políticos con registro.

El segundo es que la asignación de los diputados de representación proporcional también se hizo sin tomar en cuenta al PT, partido al que le corresponderían al menos 6 diputados por dicha fórmula, eventualmente por resto mayor podría alcanzar uno más. El INE consideró que esa puerta ya está cerrada porque los legisladores ya tomaron protesta y ya fungieron como tales durante todo el primer período de sesiones que inició el 1 de septiembre de este año. Sin embargo, es un hecho que el PT recurrirá dicha decisión ante la Sala Superior del Tribunal y ésta tendrá que pronunciarse al respecto.

En este caso hay un agravante en contra de la respuesta del Consejo General del INE, pues el mismo órgano sí reconoce que las elecciones extraordinarias sí afectan la distribución de curules plurinominales, ya que en el acuerdo de asignación dejó pendiente una curul porque en la elección del Distrito 1 de Aguascalientes se decidiría no únicamente quien ocuparía la vacante de mayoría relativa, sino la última de representación proporcional, para que el PRI no rebasara los 8 puntos de sobrerrepresentación. Es decir, si el PRI ganaba la plurinominal le correspondía a Movimiento Ciudadano; si perdía, como sucedió, le correspondía al tricolor.

Sin embargo, nunca contemplaron que sucedería si el PT recuperaba el registro, pues el Consejo General del INE ni siquiera contemplaba incluir dichos resultados en el cálculo de los partidos que mantenían el registro. Ahora que ya sucedió la lógica indicaría que si el resultado de dicha elección si se toma en cuenta para el registro y para la asignación de las pluris en un caso, también se debería tomar en cuenta para la conformación total de la Cámara. En contra estará el argumento de que la asignación de curules plurinominales que hizo el INE ya causó Estado y, por lo tanto, no es posible aplicarles una interpretación retroactivamente en perjuicio de los legisladores que tendrían que abandonar su curul tras un único período de sesiones.

Si se hiciera una nueva distribución de curules la coalición PRI-PVEM perderían la mayoría que hoy ostentan en la Cámara, dado que en estos momentos suman apenas 249 diputados de 498 y aunque perdieran sólo un diputado (lo que no sería el caso) ya no alcanzarían los 250 que estaba considerado que alcanzaran tras la elección extraordinaria. Así que la decisión del Tribunal sí es muy trascendente.

Cualquiera que sea la decisión del Tribunal, es decir, respetar la actual distribución o solicitar un nuevo acuerdo, el solo hecho de que el resultado de las extraordinarias si se tome en cuenta que para el registro obliga a revisar los tiempos del Tribunal para resolver las impugnaciones de las elecciones legislativas, que hoy se regían únicamente por el hecho de que la Legislatura se instala el 1 de septiembre.

Y la tarea que le quedará pendiente a los legisladores es precisamente esa: reformar la legislación para que las extraordinarias puedan celebrarse antes de que tomen posesión los legisladores, o bien, establecer explícitamente que el registro de los partidos políticos se define únicamente con los distritos cuyos resultados hayan quedado firmes tras las resoluciones del Tribunal.

En justicia la mejor opción es incluir los resultados de los 300 distritos electorales, lo cual obligaría a revisar los tiempos, sin embargo, a nadie sorprendería que los legisladores optaran por la salida más fácil, sin tomar en cuenta la justicia.

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