La resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que ordena al Instituto Nacional Electoral resolver todas las quejas relacionadas con el supuesto rebase de gastos de campaña de los candidatos a los cargos de elección popular, antes de dictaminar los informes de ingresos y gastos de partidos y candidatos, evidencia la ausencia de sentido común y lógica elemental en la actuación de la Unidad de Fiscalización, la Comisión de Fiscalización del Consejo General y del propio Consejo General del INE.
Uno de los aciertos de la reforma electoral del 2014 fue concentrar la fiscalización de los recursos de los partidos y candidatos a los puestos de elección en la autoridad administrativa federal, pues eso permite detectar y, en su caso, sancionar todas las transferencias de recursos (monetarios, materiales, en especie, contables) que hagan los partidos y candidatos entre sus diferentes instancias (comités nacionales, estatales, municipales, distritales) y candidaturas y, por lo tanto, tratar de evitar elusiones, simulaciones y distorsiones, como sucedió en la campaña presidencial del 2012 con la distribución de los porcentajes de los gastos compartidos entre una o más campañas o de partidos que participan en coalición, entre otros.
Es decir, la lógica de concentrar la fiscalización en la autoridad nacional es lograr la consolidación nacional de los ingresos y egresos, para poder asignar (o reasignar, en el caso que los informes de los respectivos candidatos lo hagan equivocadamente) adecuadamente los gastos que beneficiaron a más de un candidato en las distintas elecciones. Para lograr esta consolidación nacional se requiere necesariamente haber recibido y revisado todos los informes y, desde luego, resuelto todas las quejas relacionadas con dichos procesos.
No se puede tener el todo si faltan partes del mismo. Es como en un rompecabezas, basta que falte una pieza del mismo para que no se pueda armar; y, en este caso, al no haber resuelto alrededor de 200 quejas, de acuerdo a lo declarado por Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Fiscalización del Consejo General del INE, pues le faltaban ese mismo número de piezas, por lo cual no había posibilidad alguna de tener el consolidado.
Tener el consolidado es fundamental para hacer la asignación adecuada de gastos a cada una de las campañas y, en consecuencia, poder determinar si rebasaron o no los topes de gastos de campaña. Y esto es crucial en esta elección porque otro de los aciertos de la reforma fue el establecer que rebasar estos topes en más del 5%, siempre que la diferencia entre el primer y el segundo lugar sea igual o menor a 5%, será causal de nulidad de dicha elección.
La cadena es evidente: hay tener todos los informes y resueltas todas las quejas referentes a ingresos y egresos de candidatos y partidos para poder integrar el consolidado nacional y, a partir del mismo, revisar las asignaciones de todos aquellos gastos que beneficiaron a más de un candidato en las distintas elecciones. Una vez realizado esto se puede establecer en qué casos se rebasaron los topes de gastos de campaña y en qué porcentajes; y, a partir de ello, en los casos en los que dicho monto sea superior al 5% del tope establecido, verificar si el candidato que lo hizo fue el ganador y, en su caso, si la diferencia en el porcentaje de votación con el segundo lugar es igual o menor al 5%.
Haber dictaminado los informes sin resolver las quejas, es una deficiencia que va más allá de las normas que regulan el proceso de fiscalización, es una ausencia absoluta de sentido común y lógica elemental: no puedes armar el rompecabezas si te faltan piezas y aquí faltan alrededor de 200 piezas. La tarea no es sencilla y los tiempos están muy ajustados, esa es precisamente una de las principales críticas que le hacen a esta reforma quiénes se oponen a ella, porque señalaban que es materialmente imposible de cumplir.
Sin embargo, castigar el rebase de topes de gastos de campaña simplemente con multas, como estaba en la pasada legislación electoral, provocaba que candidatos y partidos no los respetarán pues la sanción no era proporcional a la eventual ventaja que obtenían. En esas condiciones únicamente había dos opciones: eliminar los topes de gastos de campaña y acabar con la farsa o establecer los términos en que su falta de respeto conduciría a la nulidad de la elección. Los legisladores tomaron la segunda opción, pero en los hechos el INE la estaba anulando, pues estaba validando las elecciones sin tener toda la información para poder determinar si se violó o no dicha norma en todas y cada una de las elecciones que celebraron el pasado 7 de junio.
Revisión aparte merecen los recursos que legisladores del Partido Verde Ecologista de México utilizaron para hacer campaña electoral, sobre los que ya hay varias resoluciones firmes, pues el INE también tendrá que fundar y motivar porque los contabiliza dentro de los gastos de campaña o porque no los toma en cuenta y, por lo tanto, su impacto en los topes de gastos de campaña de las diversas campañas. En 26 distritos electorales federales donde la diferencia entre el primero y segundo lugar es menor al cinco por ciento, ganaron candidatos postulados por la coalición PRI-PVEM, que eventualmente pudieron haber rebasado los topes de gastos de campaña.
La reforma del 2014 revaloró la fiscalización y errores elementales del INE lo colocan hoy contra la pared, al tener que integrar expedientes y resolver alrededor de 200 quejas en sólo 5 días.