La semana pasada se abrió un nuevo capítulo en el caso de las cuotas que el Ayuntamiento de Torreón descontó hasta diciembre de 2014 a trabajadores municipales para entregarlas al comité local del PRI y a la Fundación Colosio.
El senador panista Luis Fernando Salazar anunció que había ampliado su denuncia interpuesta ante la Procuraduría General de la República en contra del alcalde Miguel Riquelme. En dicha ampliación, presentada el 15 de enero de 2015, el legislador acusa al munícipe de los delitos de ejercicio indebido del servicio público, abuso de autoridad y peculado. El argumento de Salazar es que, según el informe que presentó la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) al Instituto Nacional Electoral (INE) sobre las transferencias reportadas por el ayuntamiento en su página de Internet a las cuentas del partido y la fundación en 2014, no existe registro de que las mismas se hayan realizado.
En efecto, en el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE con número 37/2014, se advierte que la CNBV emitió un oficio al instituto en el que se lee que "dentro del período requerido (de enero a agosto del presente año -2014-) no se identifican registros de transferencias electrónicas a favor del Partido Revolucionario Institucional y/o Fundación Colosio A. C.", en el caso de los movimientos que reporta el ayuntamiento que realizó a través del Banco Mercantil del Norte A. C.
Respecto a los que la autoridad municipal reporta que hizo a través de BBVA Bancomer S. A., la información de la CNBV va en un sentido similar. "(…) Se advierte que en el período del mes de enero a abril del año en curso (2014) no se reportaron abonos o transferencias a favor del Partido Revolucionario Institucional ni a la Fundación Colosio A. C., por parte del Ayuntamiento de Torreón".
Estos oficios de la CNBV formaron parte de los argumentos que usó la Comisión de Quejas y Denuncias del INE para rechazar la aplicación de la medidas cautelares solicitadas por el senador, es decir, la suspensión de la retención de un porcentaje del salario de los trabajadores municipales por el concepto de "cuotas voluntarias" al PRI y a su fundación.
No obstante, el senador panista presentó un recurso de apelación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Una vez revisado el caso, la autoridad judicial en materia electoral determinó revocar el acuerdo del INE y ordenar al instituto la aplicación de las medidas cautelares, con lo que el ayuntamiento de Torreón tuvo que suspender la retención de las cuotas.
Llama la atención que el senador Salazar se haya valido de uno de los argumentos del INE, el de los oficios de la CNBV, para sustentar la ampliación de su denuncia y acusar de peculado al alcalde bajo el supuesto de que, comprobadas las retenciones al salario de los trabajadores y ante la falta de registro de las transferencias al PRI y a la Fundación Colosio, se estaría incurriendo en un presunto desvío de recursos y en la apropiación indebida del dinero de los empleados municipales.
En respuesta, el ayuntamiento de Torreón presentó copias de los comprobantes de los pagos electrónicos y transferencias realizadas a las cuentas del partido y de la fundación. Además, el tesorero Enrique Mota informó que durante 2014 el monto de las transferencias en beneficio del PRI fue de 650 mil pesos y de 3 millones 194,539 en favor de la Fundación Colosio. Esta situación plantea una interrogante que deben responder las autoridades competentes: ¿es posible que la CNBV, órgano supervisor y regulador de las entidades financieras en el país, no tenga registro de las transferencias reportadas por el gobierno municipal y de las cuales éste ha mostrado a la opinión pública copias de comprobantes?
Frente a las acusaciones lanzadas por el senador panista, la postura del PRI y del Ayuntamiento es que se está haciendo un manejo electoral del caso de cara a los comicios del 7 de junio próximo, y con ello, ambas instituciones pretenden descalificar el proceso iniciado por Luis Fernando Salazar y que sigue su curso en las instancias correspondientes. Si bien es cierto que no sería la primera vez que algún integrante de un partido de oposición -sea del color que sea- intentara aprovechar las presuntas irregularidades de un gobierno con fines electorales, no se puede dejar de lado el fondo del asunto.
En su sentencia sobre el recurso de apelación, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal observa claramente la condición irregular sobre el cobro de las cuotas partidistas o en favor a instituciones ajenas al gobierno o a las contempladas por la ley, tal y como se había sugerido en un artículo de mi autoría publicado en este medio el 29 de septiembre de 2014. La sentencia dice, textualmente: "En atención a lo expuesto, dado en apariencia del buen derecho, se advierte una retención indebida al sueldo de diversos trabajadores del Ayuntamiento de Torreón, Coahuila, así como una canalización indebida de esos recursos a un partido político o fundación relacionada con éste (…)".
Aunque el tema no está resuelto de fondo, en el enunciado arriba citado se aprecia que, más allá de las acusaciones mediáticas de uno y otro bando, para los magistrados del Tribunal, al menos en principio, existe un actuar indebido por parte de la Presidencia Municipal de Torreón. Es menester que este caso quede exento de cualquier manoseo partidista y electoral y que sean las autoridades correspondientes las que decidan si la forma en la que se cobran estas cuotas es legal o no, y determinen las consecuencias que de ello se deriven.
Mientras tanto, a la luz de las pruebas que se tienen hasta el momento, es posible asegurar que el Ayuntamiento de Torreón retuvo parte del sueldo de los trabajadores municipales con el fin de entregarlo -habrá que ver si así fue- al PRI y a la Fundación Colosio de esta ciudad bajo el supuesto de que se tratan de "cuotas voluntarias" -lo cual también debe investigarse. Con ello, la Tesorería Municipal se convierte de facto en un órgano recaudador del partido y de su asociación filial. ¿Es sano, y más aún, legal que esto sea así? Sospecho que no es el único caso a nivel nacional y, por lo tanto, la resolución que se dé podría sentar un importante precedente.
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