El pasado 8 de septiembre, el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) entregó a la Cámara de Diputados el "paquete económico" para 2016, que contiene una iniciativa para reformar algunos aspectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y el Código Fiscal de la Federación (CFF). Esta semana le quisiera comentar uno que le puede beneficiar.
Se trata de una modificación que, a decir de la propia SHCP, tiene como finalidad promover que las personas físicas utilicen planes de ahorro a largo plazo (planes personales de retiro) y con ello prevean una futura disminución de sus recursos a consecuencia de su jubilacióny, por otra parte, permitir que dichos ahorros puedan ser utilizados para financiar inversiones en actividades productivas.
La Ley del ISR hoy vigente ya contempla la posibilidad de deducir dichos "ahorros" -bajo ciertas reglas-, pero la deducción está sujeta al límite global, para las deducciones personales, de no superar el 10% de los ingresos del contribuyente o 4 salarios mínimos elevados al año ($102,346.00 para 2015). La modificación que se propone es que dichas limitantes no resulten aplicables para estos planes de ahorro.
Supongamos que durante 2016 usted recibe como persona física, ingresos anuales de $600,000.00 y que durante dicho ejercicio paga: a) Su seguro de gastos médicos mayores por $30,000.00; b) Gastos hospitalarios por $35,000.00 y c) Aportaciones a su plan de retiro por $50,000.00, dando un total de erogaciones por deducciones personales de $115,000.00
Con las normas hoy vigentes, es decir, sin que la propuesta de modificación que hoy le comento sea aprobada, aun cuando usted gastó $115,000.00 en erogaciones que son consideradas deducciones personales, únicamente podrá hacer deducibles $60,000.00, pues como ya se comentó, existe la limitante de que dichas deducciones no superen el 10% de sus ingresos.
Ahora bien, si la propuesta resulta aprobada en sus términos por el Congreso, usted podría deducir la totalidad de sus aportaciones a su plan de retiro ($50,000.00) y en relación a los gastos restantes en cantidad de $65,000.00 (Seguro de gastos médicos + gastos hospitalarios), podría deducir únicamente $60,000.00, puesto que la limitante general permanece y debe observarla.
En resumen, con las reglas vigentes podría deducir $60,000.00 y con la modificación propuesta su deducción se incrementaría a $110,000.00.
Habiendo dicho lo anterior debo hacer algunas precisiones:
• La deducción de aportaciones a planes de retiro, tiene su propia limitante, no debe exceder de un 10% de los ingresos acumulables del contribuyente o 5 salarios mínimos elevados al año.
No dejo de mencionar que para la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), la limitante del 10% a las deducciones personales fue materia de diversos amparos (974 promovidos por PRODECON) al considerar que dicha limitante viola el principio de proporcionalidad Constitucional. Hasta el momento se han obtenido 26 sentencias favorables.
Los invito nuevamente a que si tienen alguna duda en relación a cualquier acto de una autoridad fiscal federal, nos llamen al 01.800.611.0190 o nos escriban a atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx, recordándoles que todos nuestros servicios son totalmente gratuitos.La Delegación en Torreón, Coahuila, está para atenderlo en sus instalaciones en Av. Juárez s/n, segundo piso, edificio Palacio Federal; en el teléfono, 711 0238 y en el correo electrónico: delegacioncoahuila@prodecon.gob.mx
Autor: Francisco Javier Ceballos Alba, Subprocurador de Protección de los Derechos de los Contribuyentes de PRODECON
Hasta la próxima. @Pacoceb