Sanción. En 2015 el fisco podría aplicar multas a contribuyentes que hicieron alguna omisión en el cumplimiento de las nuevas obligaciones fiscales en 2014, como en aplicar adecuadamente el IEPS. (EL SIGLO DE TORREÓN/ ARCHIVO)
Los efectos de la Reforma Fiscal en 2014 aún se dejarán sentir en 2015. Si en 2014 no fueron suficientes todos los cambios en los impuestos que empresas y ciudadanos pagaron al fisco, en este año se verá si los contribuyentes hicieron bien la tarea y pagaron conforme a la nueva ley sus tributos. De no haberlo hecho bien recibirán multas por las omisiones cometidas en IEPS y por no llevar una contabilidad electrónica, entre otros.
Sin embargo, esto ya anticipa un año complicado ante la volatilidad dentro de los mercados internacionales, situación que llevará a la economía a una situación crítica, sobre todo el peligro inminente de una recesión económica en México, en donde se estima que no se crecerá más del 2 por ciento en 2015.
Octavio García Aymerich, miembro del consejo fiscal del Colegio de Contadores Públicos de La Laguna, dijo que el escenario es complicado, pese a que no se dieron en 2015 cambios fiscales ya que todos los cambios se dieron en 2014.
Indicó que las nuevas reglas fiscales que aún muchos causantes no conocen al cien por ciento, siguen causando estragos en este inicio de año.
Mencionó el caso de la eliminación de la deducción inmediata de inversión en infraestructura en activos fijos, el cual es el motor económico de un país, pero que el gobierno con tal de aumentar la recaudación y que se difiriera la depreciación por determinados años, aceleró el impuesto. "Esto ha provocado limitar la inversión productiva dentro de los negocios".
OTRO CASO: IEPS
García Aymerich comentó otro caso que sigue generando problemas a los causantes, es el IEPS, en donde la principal bandera que manejó el gobierno es gravar los productos "chatarra", sin embargo, apuntó que la realidad es que también se gravaron alimentos "no chatarra", como un cierto tipo de harinas.
Explicó que el problema radica en que hay inseguridad fiscal para el contribuyente si debe o no aplicarse dicho impuesto a cierto producto. Dijo que en las revisiones que realice el fisco tal vez algunos contribuyentes cometieron omisiones o lo aplicaron de manera inadecuada, por lo que podrían recibir sanciones.
UNA TRABA MÁS: LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA
El especialista fiscal mencionó que a todo lo anterior hay que agregar la obligación en 2015 para aplicar la contabilidad electrónica. Indicó que esto es obligatorio para la mayoría de los causantes, y no aplica lo que se ha oído: no debes tenerla si tus ingresos no rebasaron los 4 millones de pesos anuales.
Expresó que esto es un error, dado que a lo mejor es un causante que no está obligado a enviarla al SAT, pero debe tenerla como lo marca la nueva ley.
"Esto hasta el día de hoy ha causado confusión entre los causantes y algunos no saben que la obligación es para todos el tener la contabilidad electrónica".
Aclaró que la excepción a la regla son los asalariados quienes presentan su declaración anual para deducir los intereses de su crédito hipotecario, gastos médicos.
Reconoció que esto ha elevado la carga administrativa de los causantes, así como la carga de los despachos externos.
LOS REPECOS AHORA RIF
Dijo García Aymerich que los que operaban como Repecos y que decidieron migrar al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), deberán en 2015 pagar el ISR, IVA o IEPS dependiendo el giro que se trate. Indicó que en este primer año los RIF tendrán una reducción del impuesto en un 90 por ciento, salvo en el caso del IVA.
Mencionó que algunos pequeños comercios que realizan operaciones con el público y que no rebasen los cien pesos no están obligados en entregar comprobante, aunque la operación debe estar incluida en los ingresos y facturación global del negocio.
"El 2015 muestra un panorama complicado económico, pero también en el cumplimiento de las nuevas obligaciones fiscales".
Expresó que pese a que ha pasado un año "prevalecerá la confusión y poca claridad en las disposiciones fiscales y sin tener incentivos en la producción".
Promueven amparos
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) asesorará a los causantes que quieran presentar un amparo en contra del límite a las deducciones personales aprobado en la pasada Reforma Fiscal.
El ombudsman del contribuyente consideró que el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta aprobado en 2013 en la Reforma Fiscal es violatorio a derechos fundamentales, como lo son el mínimo vital y las garantías constitucionales de proporcionalidad y equidad.
Explicó que dicho artículo establece un tope a las deducciones personales de los contribuyentes, quienes sólo podrán deducir la cantidad que resulte menor entre el 10 por ciento de sus ingresos anuales o cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica respectiva (93 mil 104.20 o 98 mil 243.40 pesos).
Lo anterior, opinó, resulta regresivo para los pagadores de impuestos más vulnerables, que a su vez son quienes tienen ingresos más reducidos.
En un comunicado señaló que en muchos casos se trata de padres de familia o personas de la tercera edad que no cuentan con seguridad social, pues no gozan de un salario fijo.
Agobian
La Reforma Riscal ha frenado la economía:
El IEPS es uno de los impuestos que fue modificado y que causa incertidumbre en los causantes, al no saber en qué productos aplicarlo o no.
⇒ La eliminación de la deducibilidad inmediata en la compra de maquinaria y equipo ha provocado que las empresas no realicen inversiones productivas, lo cual ha frenado el crecimiento.
⇒ La contabilidad electrónica es otra nueva obligación para casi el 99 por ciento de los causantes en México, salvo los asalariados.
Máximo podría crecer la economía mexicana