Opacidad. La transparencia y la rendición de cuentas no es una de las características del IMSS, acusan expertos en el tema a nivel nacional.
El IMSS es el sujeto obligado con más reclamaciones por deficiencias en las respuestas a solicitudes en materia de datos personales, señaló Francisco Javier Acuña Llamas, comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
"Es el sujeto obligado que mayor irritación produce por sus respuestas incorrectas o extemporáneas en materia de datos personales.
"En materia de datos personales no importa no tanto para qué lo quiere, pero sí quién lo pide, es la clave del derecho a la información relativa a datos personales. Quien lo pide es o ha de ser el legítimo, es que tiene el principio de legitimidad, porque debe ser titular de los datos personales", dijo Acuña.
Tras una resolución aprobada ayer por el pleno del INAI, el IMSS deberá entregar a un particular copia certificada de su contrato de productividad en las Unidades Médicas Familiares 21 y 45, además de que deberá capacitar a su personal en el manejo de
Los comisionados consideraron que el organismo mostró mal trato al derecho a protección de datos personales y a la legítima expectativa ciudadana a recibir una respuesta puntual, veraz y oportuna.
De acuerdo con las estadísticas del INAI, del 10 al 17 de julio pasado, el IMSS recibió 337 solicitudes de acceso y corrección de datos personales y 119 de información pública.
En el mismo período, se interpusieron 25 recursos de revisión contra las respuestas otorgadas por el organismo, lo que lo ubicó en el primer lugar de sujetos obligados con esas incidencias. De esos recursos, 11 fueron por solicitudes de acceso y corrección de datos personales.
ABORDA DERECHOS DE AUTOR
Videos, carteles, anuncios publicaciones y otros materiales de difusión que se elaboran para instituciones públicas tienen derechos de autor, pero ¿ello puede ser un argumento para clasificar la información como confidencial? De acuerdo con los fallos del INAI, no siempre.
En su sesión pasada el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al INEA entregar copia de 31 materiales audiovisuales de la Campaña Nacional de Alfabetización y Abatimiento de Rezago Educativo, que se difunde en cine, radio y televisión.
El Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) había clasificado de confidencial la información, con el argumento de que dichos materiales elaborados por la empresa estatal Televisión Tabasqueña estaban protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor y por una cláusula del contrato entre el organismo y la televisora.
El caso llegó a la ponencia de la comisionada presidenta del Instituto Nacional de Transparencia, Ximena Puente de la Mora.
En ese momento el organismo educativo añadió que tres de los 34 materiales solicitados no habían sido aún, porque la Coordinación de Estrategia y Mensaje Gubernamental de la Jefatura de la Oficina de la Presidencia de la República no ha emitido su visto bueno.
Puente de la Mora señaló que si bien son obras protegidas, de acuerdo con el contrato, el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos tiene la titularidad de los derechos de auto.
Asimismo resaltó que la televisora también es una institución obligada por la Ley de Transparencia de Tabasco, por ser una empresa con participación gubernamental.