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Caso Tlatlaya

Reservan expediente del caso en Tlatlaya

EL PLENO DEL INAI REALIZÓ UNA TENSA DISCUSIÓN

Muerte. El caso Tlatlaya es considerado como uno de los más crueles en la historia reciente.

Muerte. El caso Tlatlaya es considerado como uno de los más crueles en la historia reciente.

AGENCIA REFORMA

Por cuatro votos contra tres, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI), determinó reservar por dos años la averiguación previa que la Procuraduría General de Justicia Militar instruyó por el caso Tlatlaya, donde 22 civiles murieron a manos de militares.

La mayoría de comisionados, conformada por Francisco Javier Acuña, Ximena Puente, Rosendoevgueni Monterrey y Patricia Kurczyn, consideró que a dicho expediente no se le debe aplicar la excepción de reserva, que se emplea en casos en los que haya violaciones graves a los derechos humanos, ya que esta averiguación, que está en manos de un juez, versa exclusivamente sobre delitos de orden castrense.

Los comisionados Areli Cano, Joel Salas y Óscar Guerra, quienes votaron en contra, acusaron que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) se negó de manera reiterada a dar acceso al expediente, con lo que impidió que el INAI pudiera verificar que efectivamente la información contenida en él está relacionada únicamente con delitos del fuero militar.

"En esta actitud del sujeto obligado hay un desafío real a lo que establece el último párrafo del artículo 17 de la ley de la materia () dice ese párrafo, en todo momento, el Instituto tendrá acceso a la información reservada o confidencial para determinar su debida clasificación, desclasificación o la procedencia de otorgar su acceso", expuso Salas.

El comisionado ponente, Francisco Javier Acuña, sostuvo que la averiguación en la que se investigan las violaciones graves a las garantías individuales quedó a cargo de la Procuraduría General de la República (PGR), quien también ya consignó el caso ante un juez civil, y que el expediente que integró la fiscalía militar fue por los delitos de desobediencia e infracción a los deberes militares.

"No puede actualizarse la causal de excepción en tanto que los delitos que se juzgan en la Causa Penal número 338/14 son del orden castrense como la desobediencia e infracción de deberes militares, cuyo bien jurídico tutelado es la disciplina militar", aseveró.

La comisionada Areli Cano dijo que la existencia de violaciones graves a los derechos humanos no depende de cómo el Ministerio Público tipificó los delitos por los que consignó la averiguación, sino del tipo de conductas que fueron desplegadas.

"Lo anterior cobra relevancia a la luz de lo que la Comisión Nacional de Derechos Humanos señaló en su recomendación número 51/2014, pues destacó que los militares implicados violaron diversas disposiciones del manual de uso de la fuerza de aplicación común a las tres Fuerzas Armadas, haciendo un uso indebido de ésta al emplear armas letales en contra de víctimas sometidas sin que existiera justificación", afirmó.

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