Finalmente el martes pasado la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que los legisladores del Partido Verde Ecologista de México sí violaron la ley con su alud de promocionales para difundir sus logros legislativos; al momento de discutir el caso los Magistrados dejaron claro que la conducta del Verde es "una violación al modelo de comunicación política" y, por lo tanto, debe considerarse "como grave en atención a la maquinación y la forma sistemática en que se realizó".
La resolución de la Sala Superior, obligó a la Sala Especializada a sancionar a dicha fuera política con la suspensión de 7 días de su publicidad en radio y televisión durante este período de intercampañas. Y además movió la Comisión de Quejas del Consejo General del Instituto Nacional Electoral a ordenar que dicho instituto político suspenda la contratación de dicha publicidad en las revistas y que retire de circulación las que la contienen y ya se encuentran en los expendios.
Enhorabuena que las autoridades administrativas y jurisdiccionales enmendaron el rumbo. Desde mayo del 2009, cuando la Sala Superior del TEPJF -conformada exactamente por los mismos 7 Magistrados- aprobó por unanimidad una resolución que revocó una sanción del Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, para permitir que los legisladores utilizaran recursos propios o de sus grupos parlamentarios para la compra de espacios en radio y televisión para divulgar sus llamados "informes de labores", fueron múltiples y variadas las voces -entre las que se encontraba la del hoy presidente del Consejo General del INE, Lorenzo Córdova- que señalamos que eso era un "fraude a la ley".
Por más que los Magistrados intenten negar su responsabilidad, fue esa resolución la que permitió que el Verde repitiera el abuso en el 2012 y ahora en el 2015. No hay cuantificaciones del monto que invirtieron en 2009 y 2012, pero en este año -de conformidad con las cifras que se dieron a conocer en la sesión de la Sala Superior- el Verde transmitió 240 mil promocionales, con un costo aproximado a los 300 millones de pesos, que es prácticamente el mismo monto que recibirá para el financiamiento de actividades ordinarias durante el año en curso, que asciende exactamente a $323.2 millones de pesos.
Los Magistrados de la Sala Especializada, que determinaron suspender la difusión de los promocionales que el Verde distribuye en los tiempos oficiales durante 7 días, también reconocen que los spots que dejarán de transmitir equivalen aproximadamente a una décima parte de los que ellos transmitieron entre septiembre del año pasado y el día de hoy.
Así en año electoral los legisladores del Verde aprovecharon el espacio que le abrió la resolución de 2008 del Tribunal, para obtener una ventaja indebida y posicionarse en la mente del electorado. Y las autoridades se muestran cautelosos en las sanciones que les aplican, pues establecen una sanción equivalente al 10% de lo que ellos difundieron y lo hacen fuera del período electoral para no afectar la equidad en la contienda.
La semana pasada en este mismo espacio señalaba que el PVEM ya había logrado su propósito: posicionarse entre el electorado y por supuesto que una sanción económica no era suficiente para resarcir el daño que ya habían causado. En este caso la lógica del Verde fue exactamente la misma que prevaleció durante muchos años respecto al rebase de los topes de gastos de campaña, como la sanción era únicamente económica, partidos y candidatos estaban dispuestos a pagarla si eso les permitía ganar la elección. En este caso aunque el Verde exprese su desacuerdo con la sanción, lo cierto es que saben que su violación les reporta más beneficios que los perjuicios, que eventualmente, les puede causar la sanción. El saldo es positivo para ellos y, por lo tanto, no es un desincentivo para no repetirlo.
Hay que recordar que los llamados Procedimientos Especiales Sancionadores (conocidos como PECES en el mundo electoral) los estableció el Tribunal en la elección presidencial del año 2006, precisamente para evitar que las acciones ilegales que realizaran las fuerzas políticas impactaran la equidad en la contienda, al desarrollarse durante un período largo. Los PECES tenían que resolverse en un plazo perentorio de una semana y, además contemplan la adopción de medidas cautelares y operan durante los procesos electorales, que en este caso inició el 7 de octubre del 2014, y la difusión de los promocionales del Verde inició desde el 18 de septiembre, por lo cual al inicio del proceso electoral se le debió dar dicho tratamiento.
Tanto el INE como el Tribunal consintieron la violación de la ley y, por ende, el impacto en la equidad de la contienda, durante casi 6 meses; cuando la ley los facultaba para haber detenido la violación desde el inicio del proceso electoral. Primero consintieron la violación de la ley durante casi 6 meses y luego establecen una sanción evidentemente desproporcionada con la gravedad de la falta.
Para revertir la inequidad se requiere de una sanción mucho más severa que la que estableció el pasado jueves la Sala Especializada del Tribunal, en todo caso habría que suspender la transmisión del mismo número de promocionales y tiempo a partir de este momento, sin importar si es durante período de intercampañas o en campaña electoral; pues hasta hoy lo positivo de esta resolución es el precedente que sienta y, por lo tanto, que finalmente se puso freno a un fraude a la ley que empezó hace 6 años.