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Analizan pruebas de personalidad de reos

'LA REINSERCIÓN SOCIAL NO PUEDE DEPENDER DE UN CAMBIO PSICOLÓGICO'

Discusión. La propuesta de sentencia advierte que los beneficios de la libertad anticipada no pueden depender de funcionarios penitenciarios.

Discusión. La propuesta de sentencia advierte que los beneficios de la libertad anticipada no pueden depender de funcionarios penitenciarios.

AGENCIAS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza un proyecto de sentencia que propone declarar la inconstitucionalidad de los exámenes de personalidad para conceder el beneficio de la libertad anticipada a quienes son sentenciados por delitos del fuero federal.

La propuesta del ministro Arturo Zaldívar, que tendrá que discutirse y votarse en la Primera Sala del Máximo Tribunal, señala que el artículo 84, fracción II, del Código Penal Federal, es contrario a las reformas constitucionales en materia de derechos humanos aprobadas en 2011 y a lo que marca el artículo 18 de la Carta Magna, ya que hace depender la libertad anticipada o preliberación de un reo de la discrecionalidad de las autoridades penitenciarias.

El proyecto de sentencia explica que la fracción segunda del artículo impugnado permite a las autoridades penitenciarias negar la liberación anticipada de una persona con el argumento de que su estudio de personalidad arrojó resultados negativos en materia de readaptación social, por lo que todavía no se encuentra listo para llevar una vida fuera de prisión. En consecuencia, los exámenes de personalidad se convierten en una herramienta que califica la situación psicológica del sentenciado, sin que la norma impugnada contemple otros instrumentos de evaluación sobre la conducta de la persona, contraviniendo así el artículo 18 de la Constitución, en el que se advierte que la reinserción social debe incluir el acceso de los internos al goce de derechos humanos como el trabajo, educación, salud y el deporte. El ministro Zaldívar señala que conforme a la reforma constitucional de 2011, "la reinserción social no puede depender de un cambio psicológico o de forma de pensar y de sentir del interno, pues ello implicaría un retroceso al concepto de readaptación social".

La propuesta de sentencia advierte que los beneficios de la libertad anticipada no pueden depender de funcionarios penitenciarios que se asumen como "rehabilitadores" de la personalidad, pues se deben privilegiar otros estándares.

Piden usar 'guardadito'

El senador Mario Delgado demandó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación utilice los "guardaditos" que tiene en seis fideicomisos que acumulan 3 mil 800 millones de pesos, a fin de complementar con ellos su gasto presupuestal. El legislador por el PRD destacó que los fondos de la Corte son sobre pensiones complementarias para servidores públicos de mando superior, pensiones complementarios para mandos medios y personal operativo, prestaciones médicas, manejo del producto de venta de publicaciones, CD y otros proyectos, remanentes presupuestales de 1998 y años anteriores, y el llamado "Fondo Jurica".

De acuerdo con la revisión de la Cuenta Pública de 2014, el dinero acumulado en los fideicomisos representa el 92.8 por ciento del prepuesto total ejercido por el máximo tribunal. Pero, pese a tener una suma de casi 4 mil millones, en ese año sólo se erogaron 12.7 millones.

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