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Anulan elección de Juntas Municipales

EL PROCESO ELECTORAL SE REALIZÓ SIN UNA LISTA NOMINAL

Informe.Tras el dictamen del Tribunal, el municipio de Lerdo no ha sido notificado oficialmente.

Informe.Tras el dictamen del Tribunal, el municipio de Lerdo no ha sido notificado oficialmente.

DIANA GONZÁLEZ

Aunque aún no ha sido notificado de forma oficial, el Ayuntamiento de Lerdo ya tiene conocimiento de la anulación de las pasadas elecciones en las villas de Lerdo por parte del Tribunal Estatal Electoral, órgano a quien los ganadores de la contienda no reconocen como la autoridad competente para dirimir esta situación basándose en sus atribuciones legales, aseguró la Dirección Jurídica del Ayuntamiento de Lerdo.

El Tribunal Electoral del Estado resolvió nueve medios de impugnación, promovidos contra las elecciones en las villas por haberse realizado sin que existiera siquiera una Lista Nominal para saber quiénes podían votar y quiénes ya lo habían hecho.

En el dictamen, el Tribunal resuelve anular la elección de las Juntas Municipales de Gobierno de Lerdo que se ubican en las 5 villas del municipio. Los presidentes de las Juntas Municipales de Gobierno son autoridades auxiliares del Ayuntamiento y dependen del mismo.

Fue en la primer quincena de noviembre cuando el Cabildo de Lerdo ratificó y entregó las constancias de mayoría de votos a las planillas ganadoras en el proceso de elección de las Juntas de Gobierno de las villas, lo anterior con base en lo establecido en el artículo 82 del Reglamento Interno del Ayuntamiento de Lerdo.

La Comisión de Gobernación de Lerdo, que preside la alcaldesa María Luisa González Achem, informó que las planillas que obtuvieron la mayor cantidad de votos, de acuerdo al conteo y tras la revisión de las actas del proceso electoral, resultaron ganadoras las planillas encabezadas por Valentín Antúnez Gallegos, en el caso de La Loma; en Ciudad Juárez, Felipe Sánchez Maciel; por León Guzmán, Candelario Díaz Chavarría. Asimismo, se impuso la planilla de Alberto Guerrero Rodríguez en Nazareno; por Juan E. García, el triunfador fue Andrés Gilberto Carrillo Rodríguez.

La Comisión de Gobernación estuvo integrada por María Luisa González Achem, Isabel Macías Sifuentes, Lorenzo Ponce Díaz, Angélica Machado, Eduardo Alvarado Uribe y Ricardo Torres Rodríguez.

No obstante, tras el dictamen del Tribunal Estatal Electoral, el secretario del Ayuntamiento, Ricardo Torres aseguró que el municipio no ha sido oficialmente notificado, versión que fue corroborada por el director del área jurídica del municipio, Gerardo Lara.

"Oficialmente no nos han informado. Vamos a esperar la notificación para hacer el análisis general, pero consideramos que si la causa es la falta del listado nominal nosotros vamos a seguir el proceso explicando que es causal de improcedencia cuando el actor constata el acto que reclama", dijo Lara, quien explicó que se refiere a que las personas que se registraron para contender sabían de antemano conforme a la convocatoria que se daría certeza al proceso a través de su credencial para votar y aun así se registraron; Es decir, consintieron la falta de listado nominal.

Lara dijo que los ganadores de las planillas también han externado que el Tribunal Estatal Electoral no es competente para dirimir este asunto, ya que los Artículos 63 y 141 de la Constitución del Estado de Durango le dan facultades en elecciones a gobernador, diputados y ayuntamientos, pero no así en las villas de los municipios. "Hasta donde sé ése es el argumento de los que ganaron", dijo Lara.

Las elecciones de las villas de Lerdo desataron en noviembre una serie de protestas públicas, manifestaciones e incluso la toma del edificio de la presidencia.

Nueva convocatoria

El Tribunal Electoral del Estado de Durango resolvió la mañana de ayer nueve medios de impugnación. "Esto es consecuente con el criterio establecido por este órgano jurisdiccional en el año 2013 al resolver algunas elecciones de Juntas Municipales de Guadalupe Victoria y Gómez Palacio, donde tomamos una igual determinación", dijo Montoya Zamora, magistrado Presidente del Tribunal. El pleno del órgano jurisdiccional determinó anular las elecciones, emitir una nueva convocatoria en un máximo de 30 días a partir de que sean notificados sobre dicha resolución e instruir al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) que se involucre en la realización de dichos comicios. Pese a que se realizaron otras elecciones de Juntas Municipales, no hay más impugnaciones o avisos ( J. Manuel Cárdenas)

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Escrito en: Ma. Luisa González Achem

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