Transparente. Presidente de la Jlcya dice que no hay situaciones irregulares.
En los casos de demandas laborales particulares, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (Jlcya) no puede emplazar a los patrones si el trabajador que demanda no incluye el domicilio en el cual se le puede notificar a la empresa, ya que no tienen la autorización de investigar datos personales como instancia gubernamental.
Por ello en ocasiones los casos no siguen su curso o no pueden llevarse a cabo las audiencias correspondientes, informó el presidente del tribuna laboral, Eduardo Lira Chaparro, en referencia a recientes quejas de personas.
Además, indicó que no es común la pérdida de los expedientes de los casos, sino que éstos son cambiados constantemente de área para realizar diferente tipos de procedimientos y en caso de no encontrar alguno, se realiza el proceso de reposición del expediente.
"En casos muy particulares en que un trabajador demanda a un patrón, no creo que alguien tenga interés en robar o 'desaparecer' expedientes, no es la manera de proceder de la Junta, por el contrario, tratamos siempre de que se arreglen las cosas a la brevedad y sin necesidad de llegar a un juicio", destacó.
Esto lo señaló luego de una denuncia contra la Jlcya, sobre presuntas irregularidades en un caso de despido por la nula resolución y el extravío del expediente. Sin embargo, el funcionario señaló que la pérdida de los documentos es común en momentos, debido a que se turnan a diferentes áreas para realizar varias acciones, por lo que pueden cambiar de lugar como las mesas de amparos, el archivo, presidencia o con los actuarios, pero es traspapeleo y no robo o extravío.
Por ello se pueden realizar las solicitudes y los trámites de reposición de estos expedientes y que en ocasiones se cuenta con varias copias, incluso para los abogados, por lo que indicó que no es omisión ni se hace con dolo.