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Corte analiza debido uso de pruebas en juicios

Armonizar. Se discute en la Suprema Corte de Justicia de la Nación la aplicación de criterios para el nuevo sistema de justicia penal oral.

Armonizar. Se discute en la Suprema Corte de Justicia de la Nación la aplicación de criterios para el nuevo sistema de justicia penal oral.

AGENCIAS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará uno de los conflictos que se van a suscitar por la convivencia de dos sistemas de justicia en México, el acusatorio oral que entrará en vigor en todo el país el 18 de junio próximo y el que continúa vigente -conocido como inquisitivo-, que se va a seguir aplicando a nivel federal para delincuencia organizada.

La convivencia entre ambos sistemas de justicia provocará que los jueces tengan que homologar actuaciones o pruebas en aquellos casos o investigaciones que por cuestión de competencia o el hallazgo de nuevos delitos, pasen de un sistema de justicia a otro al continuar con el proceso penal.

Por lo anterior, la Primera Sala de la Corte tendrá que analizar si las pruebas recabadas en el nuevo sistema de justicia penal oral acusatorio se pueden utilizar en un proceso que se va a regir por las reglas antiguas.

A petición del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, la Primera Sala de la Corte deberá analizar si las pruebas recabadas para iniciar una carpeta de investigación del fuero común se pueden homologar con las que se usan dentro de un proceso penal federal, puesto que no existen normas precisas.

La resolución de la SCJN cobra relevancia, puesto que ambos sistemas de justicia convivirán por algún tiempo y la posibilidad de que una investigación que inicie por un delito del fuero común, luego derive en ilícitos graves del fuero federal, los cuales se van a juzgar mediante reglas procesales distintas, lo que va a provocar problemas en la interpretación de la ley que se debe aplicar.

La duda que los ministros deben resolver es si las pruebas que se recolectan en el sistema oral acusatorio para iniciar una indagatoria, se pueden utilizar sin ningún tipo de homologación en el sistema vigente para continuar con el juicio y dictar una sentencia, puesto que en el primer modelo los jueces que dictan condena no tienen acceso a las pruebas hasta que se erigen en tribunales.

En contraste, en el antiguo modelo penal un juzgador conocía todas las pruebas del caso desde su inicio y hasta el final, es decir, desde que se libraba la orden de aprehensión hasta que emitía la sentencia en contra de un presunto responsable.

La postura de la Corte se dará mediante una facultad de atracción para revisar un amparo en el que la SCJN tendrá que analizar las diferencias entre ambos sistemas de justicia, y los criterios que se deben aplicar para homologar pruebas.

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Escrito en: SCJN

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