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Corte da revés a filiales de Televisa

AGENCIAS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó de manera definitiva un amparo promovido por filiales de Televisa que pedían no retransmitir de manera gratuita la señal de televisión abierta de las cadenas nacionales, como lo establece la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFT).

Por unanimidad de cuatro votos, la Segunda Sala del Máximo tribunal validó la constitucionalidad del artículo 159 de la LFT que impone obliga a retransmitir la señal de televisión abierta a empresas de televisión restringida, ya sea por cable o vía satelital, por considerar que dicha norma no impone una carga excesiva a esas compañías. Al confirmar la sentencia dictada previamente por un tribunal colegiado especializado en materia de telecomunicaciones, los ministros de la Segunda Sala también descartaron que la norma impugnada genere inseguridad jurídica a las empresas de televisión de paga o restringida, con el argumento de que el artículo 159 es acorde con la reforma constitucional en la materia.

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