Cuando este Cronista Oficial asumió su cargo en abril de 2005, elegido por unanimidad del cabildo, juró ser un “cronista de todos los torreonenses”. Esto implica igual trato y consideración para cualquier minoría, sin hacer acepción de personas.
De esta manera, a través de innumerables artículos de investigación, de conferencias y de entrevistas a nivel nacional (entre ellas la televisiva de la Suprema Corte de Justicia de la Nación), este cronista denunció la histórica discriminación anti-china en La Laguna. La Real Academia Española de la Lengua define la discriminación como un acto de selección excluyente.
Es decir, dar trato desigual a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, de sexo, etc.
En este caso histórico, los chinos laguneros de 1911 fueron seleccionados para ser excluidos del respeto que se le debe a todo ciudadano nacional o extranjero, para así ser masacrados, torturados, despojados de sus bienes y de toda dignidad.
Otro caso de discriminación fue el de los llamados “emos”. A principios de 2008, los jóvenes laguneros fueron convocados, vía internet, para propinar golpizas a los “emos” que circularan por la ciudad, tal como había sucedido ya en Puebla, Querétaro y Durango.
Afortunadamente, los jóvenes comarcanos se comportaron a la altura y desoyeron los llamados a la violencia.
En estos meses, nos encontramos ante una creciente ola de discriminación concertada a nivel nacional que va dirigida contra quienes poseen una orientación sexual diferente a la heterosexual. Y lo increíble del asunto es que son organizaciones presuntamente católicas las que están promoviendo el odio a través de dicha discriminación.
Según la ley, estos frentes beligerantes poseen el derecho a manifestarse en favor de una familia heterosexual como heterosexuales que son. Pero no tienen derecho alguno a manifestarse en contra de los derechos a terceros. Bien lo decía Juárez: “el respeto al derecho ajeno es la paz”.
En un Estado laico como es México, es privilegio y obligación de los pastores de las iglesias, cualquiera que sea su denominación, aconsejar y prevenir sobre el tipo de matrimonio que conviene al feligrés de dicha iglesia.
Lo que no pueden hacer ni las iglesias como organizaciones, ni sus feligreses, es salir a las calles para exigir que el Estado legisle sobre materia del estado civil para todos los ciudadanos conforme a sus propios prejuicios, creencias e ideologías, ni las de sus pastores.
Al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios. Las palabras de Gilberto Rincón Gallardo sobre este tema son esclarecedoras: “Sólo en el contexto de un sistema político que ha hecho de la igualdad de los seres humanos un derecho inalienable y un valor regulativo, cobran pleno sentido cuestiones como si es justo o deseable favorecer a ciertos grupos cuyos derechos y oportunidades han sido históricamente vulnerados por el prejuicio, el estigma y la exclusión, o cuál es la responsabilidad del Estado respecto al trato que cotidianamente padecen mujeres, minorías religiosas, personas con discapacidad o con preferencias sexuales distintas a la de la mayoría, adultos mayores, grupos étnicos, migrantes, niños, niñas y adolescentes, a causa de tales prácticas discriminatorias”.