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CUMPLE CON TUS OBLIGACIONES

FRANCO PADILLA FUERTE

Es importante conocer las obligaciones que adquirimos al momento de iniciar cualquier trabajo que tenga por objeto crear, construir, instalar, conservar, reparar, ampliar, demoler o modificar inmuebles, así como la instalación o incorporación en ellos de bienes necesarios para su realización, o bien, que se le integren al inmueble y todos aquellos de naturaleza análoga a los supuestos anteriores.

Al realizar cualquiera de los actos anteriores se adquiere una personalidad jurídica como patrón, aun subcontratando todos los trabajos, ya que la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado (RSSOTCOTD) son muy claros indicando que el propietario de la obra de construcción o el contratista son obligados solidarios en el pago de las cuotas obrero-patronales que se cauen a cargo del contratista o del subcontratista. Se deben cumplir obligaciones con el IMSS y además, las que se adquieren con el INFONAVIT, el SAT y en algunos casos impuestos estatales.

Para el Comité de Seguridad Social del Grupo IMEF Guanajuato, es importante resaltar la necesidad de cumplir con las obligaciones de cada una de las dependencias gubernamentales, ya que éstas trabajan en conjunto para los procesos de fiscalización de las personas físicas o morales con base en el intercambio de información o a los convenios de colaboración celebrados entre la Federación, los estados y los municipios o con sus respectivas dependencias y entidades de sus administraciones públicas. Lo anterior, con el fin de velar por el derecho de los trabajadores que desarrollan empleos temporales en la actividad de la construcción que tradicionalmente han quedado fuera de la protección institucional por la omisión en cuanto a su afiliación.

El RSSOTCOTD contiene las obligaciones que adquiere cualquier persona, ya sea física o moral con el IMSS al momento de realizar cualquier tipo de obra, dichas obligaciones se deben cumplir para evitar multas de la autoridad y disminuir las diferencias que en su caso la autoridad pudiera determinar.

Las obligaciones se pueden cumplir convenientemente desde la página de internet www.imss.gob.mx en su apartado del IMSS Desde su Empresa (IDSE) a través del Sistema de Afiliación de Trabajadores de la Industria de la Construcción (SATIC). El cual nos presenta seis formatos que son:

-Aviso de registro de obra del propietario o contratista (SATIC-01)

-Aviso de registro de fase de obra de subcontratista (SATIC-02)

-Aviso de incidencia de obra (SATIC-03)

-Aviso de cancelación de subcontratación (SATIC-04)

-Relación mensual de trabajadores de la construcción. (SATIC-05)

-Aviso para informar de la subcontratación. (SATIC-06)

No cumplir con las obligaciones ante el IMSS, se traduce en multas que van desde los 20 hasta los 350 salarios mínimos, aunado a las omisiones y diferencias que el IMSS detecte en el ejercicio de sus facultades. Esto genera gastos no previstos que pueden llegar a ser onerosos aumentando los costos de construcción y mermando el flujo de efectivo, sin dejar a un lado el estatus de incertidumbre al incumplir con la Ley.

Por todo ello, y en caso de iniciar alguna obra de construcción, el IMEF recomienda las siguientes acciones específicas:

-Reunir al ingeniero o arquitecto con un experto en el cumplimiento de estas obligaciones.

-Corroborar periódicamente que los trabajadores registrados en la obra estén dados de alta ante el IMSS.

-Pagar en tiempo y forma las cuotas a este instituto, y si se subcontrata, exigir el comprobante correspondiente.

-Realizar contratos por escrito con todos los subcontratistas que intervengan en la obra.

-Exigir factura de los materiales, herramientas y equipos utilizados en la obra.

-Presentar correctamente cada uno de los SATIC.

De esta forma, se evitarán inconvenientes presentes y futuros recordando que el IMSS tiene hasta cinco años para poder ejercer sus facultades.

Presidente Comité de Seguridad Social del IMEF Grupo Guanajuato

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