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Educar es amar

M.E. Daniela Bermúdez Flores

¿Invierto en preescolar privado para mi hijo o aprovecho la educación pública?

(Tercera parte)

En la columna de la semana anterior, fueron explicadas tres diferencias más entre preescolares públicos y privados: el énfasis por el logro de aprendizajes relacionados con el lenguaje escrito, operaciones matemáticas y un segundo idioma; aplicación de exámenes e instalaciones. El objetivo de este escrito es responder a la pregunta realizada por una madre de familia: ¿qué es lo que distingue un jardín de niños público de uno privado? Mediante la explicación breve de diez principales desigualdades observadas por una educadora, quien es parte de ambos sistemas. A continuación, serán enlistados tres aspectos más que distinguen a cada servicio.

7. - Consejos escolares: Los lineamientos establecidos mediante el acuerdo 716 (Diario Oficial de la Federación, 2014) delegan una amplia responsabilidad en la educación a los padres de familia organizados en los Consejos Escolares de Participación Social (CEPS). Entre sus funciones, se encuentran la atención de necesidades de infraestructura y seguimiento a la normalidad mínima (concepto que engloba que los niños tengan clase puntual y todos los días del calendario escolar). No obstante, en la escuela particular, los CEPS cumplen funciones más restringidas con respecto a la mejora de infraestructura escolar, ya que la obtención de recursos para este aspecto, no se realiza por la inclusión en programas federales (como en la escuela pública), sino en mayor medida de las colegiaturas y cuotas de inscripción. Si bien, las actividades como ventas, rifas, kermeses, en pro de modificación de instalaciones o adquisición de materiales, son propias de ambos sistemas, en los colegios son menos los aspectos a mantener o mejorar con estos recursos y la participación de los padres es más limitada debido a diversos factores (como la dinámica familiar en donde ambos padres trabajan, entre otros). Por lo tanto, en el jardín de niños público, los padres de familia tienen mayor margen de decisión y actuación sobre la administración de los recursos, ya que provienen de programas gubernamentales, aportaciones "voluntarias" o eventos realizados por ellos mismos.

8. - Número de alumnos: En las escuelas particulares, los directivos tienden a limitar el número de alumnos por salón, con el objetivo de brindar una atención más personal. En las escuelas públicas, las educadoras deben atender grupos según la inscripción y necesidades del área donde está ubicado el jardín (hay grupos mixtos de hasta 35 alumnos o un poco más).

9. - Sistematización: Aunque ambos sistemas basan sus actividades de aprendizaje en el Plan de Estudios 2011 (PE 2011), el jardín de niños privado procura sistematizar su trabajo tanto en la organización escolar como en el aspecto pedagógico mediante la utilización de libros, tareas, estímulos, sanciones, entre otras; de manera que toda la escuela unifica criterios. En cambio, en la escuela pública, las actividades para el logro de aprendizaje y funcionamiento escolar varían de una docente a otra, de un director a otro, de un supervisor a otro. Esto no significa que la escuela pública no sistematice su trabajo mediante el establecimiento de reglamentos, estímulos, tareas, libros, pero definitivamente es menos frecuente una estandarización.

Espero que la columna de hoy haya sido de tu interés. ¿Tú qué opinas? En la siguiente semana, explicaré la décima diferencia entre jardines de niños públicos y privados y ofreceré conclusiones al respecto. Comenta en Fbook:/Mtra.DanielaBermudez/

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