Concluye. En Allende se cometieron crímenes de lesa humanidad.
En México se han cometido y están cometiendo crímenes de lesa humanidad. La masacre de Allende es ejemplo de ello y el Estado mexicano necesita demostrar voluntad política con el apoyo de la comunidad internacional para hacer frente a la situación.
En el anexo "La masacre de San Fernando, Tamaulipas y la desaparición forzada de personas en Allende, Coahuila: un análisis desde el derecho penal internacional", del informe "En el desamparo", realizado por investigadores de El Colegio de México, señalan que el análisis de estos dos casos desde el derecho penal internacional puede resultar de gran utilidad para enfrentar la crisis de derechos humanos actual. Esto debido a que el derecho penal internacional cuenta con herramientas creadas específicamente para combatir la impunidad, y enfrentar crímenes que, entre otros, se dan en un contexto de sistematicidad y/o generalidad, en los que existen estructuras criminales organizadas de alta complejidad.
"Resulta factible e indispensable que se constituya una entidad de investigación internacional, con sede en México, que tenga el poder de investigar y procesar causas de manera independiente en materia de crímenes atroces y casos de gran corrupción. Asimismo, este órgano tendría también como mandado brindar asistencia técnica a la Procuraduría General de la República/Fiscalía y a la policía de investigaciones; desarrollar propuestas de reforma para el sector judicial para su consideración por parte del gobierno mexicano, el Congreso y el público; y elaborar informes públicos sobre el estado de las reformas del sector judicial y el estado de derecho en México", señala el texto.
Tomando como base los estándares del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional -ratificado por México en 2005- y la jurisprudencia existente en la materia, se concluye que la existencia de fundamentos razonables para considerar que en México se han cometido y están cometiendo crímenes de lesa humanidad.
Explica que, de acuerdo al Estatuto de Roma, se entienden como crímenes de lesa humanidad a una serie de actos -entre los que se encuentran el asesinato, la esclavitud, la tortura y la desaparición forzada- que son cometidos "como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque". Como "ataque contra una población civil" se entiende a "una línea de conducta que implique la comisión de múltiples actos" en contra de una población civil, "de conformidad con la política de un Estado o de una organización de cometer ese ataque o para promover esa política".
De acuerdo a la información disponible, los perpetradores tanto de la masacre como de la desaparición forzada fueron integrantes del grupo de la delincuencia organizada de los Zetas, con la participación directa, el apoyo o la aquiescencia de autoridades del Estado mexicano.
Si se toma en cuenta el criterio que han sostenido la mayor parte de los magistrados de la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte Penal Internacional de la situación de Kenia, como lo hace el informe Atrocidades innegables (de Open Society Foundations), se puede presumir que los Zetas en México cumplen con los requisitos necesarios para ser considerados una organización, responsables de haber cometido crímenes de lesa humanidad, al contar con un mando responsable, una organización suficiente y que se pueda imponer como autoridad de facto en un determinado territorio, en un período definido.
Por otra parte, "la comisión persistente de actos de violencia por parte de los Zetas con el objetivo de controlar territorio y extraer "cuotas" en relación con las ganancias obtenidas de actividades criminales llevadas a cabo en las regiones concernientes de México", puede utilizarse como un elemento para demostrar que el ataque fue también sistemático.