Aunque un par de juzgados dieron el visto bueno para la extradición de Joaquín "El Chapo" Guzmán Loera a los Estados Unidos y la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), ya informó que procederá a notificarle la decisión de extraditarlo, ésta todavía llevará al menos un año, salvo que él se allane a la misma.
José Refugio Rodríguez Núñez, uno de los abogados del capo, declaró al periódico Reforma que su estrategia legal seguirá dos caminos: litigar vía amparos la extradición, lo que podría llevarse entre 1 y 3 años en resolverse e iniciar una negociación con el Departamento de Justicia norteamericano para lograr un buen arreglo favorable para su cliente.
La vía legal incluye 3 instancias: primero, el amparo ante un Juzgado de Distrito; segundo, ante un Colegiado; y tercero, ante la Suprema Corte de Justicia. De llegar a esta última instancia la extradición corre peligro, pues la reforma de 2008 al párrafo segundo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referente a las penas privativas de la libertad que privilegian la reinserción social de los delincuentes, puede interponerse en el camino.
La SRE asegura que el gobierno norteamericano ya aseguró, a través de una carta compromiso, que no le impondrán la pena de muerte, con lo cual libraron uno de los escollos, sin embargo, con la información disponible se puede afirmar que no hace referencia alguna a la cadena perpetua, que está vigente en muchos estados del vecino país del norte.
De acuerdo a una publicación del periódico El Norte, en su edición del 22 de febrero del presente año, el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, presentó a sus colegas del Pleno de la Corte, un proyecto de sentencia que declara inconstitucional la prisión vitalicia. El diario afirma, que de acuerdo al proyecto del Ministro, la cadena perpetua atenta contra los artículos 18 y 22 de la Constitución.
En junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación al artículo 18 constitucional, que entre otras cosas, establece que el sistema penitenciario buscará "lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad…", con lo cual abandonó el término de readaptación y cambió radicalmente la lógica del sistema penitenciario.
De acuerdo a la citada publicación, el proyecto del ministro establece que "La prisión vitalicia contradice por sí misma la noción de reinserción social, pues ésta no acepta la idea de que al culpable se le caracterice por ser desadaptado o peligroso". Unas semanas después la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en marzo de este año, emitió un pronunciamiento denominado "Racionalización de la pena de prisión", donde plantea que "las penas excesivas de prisión…contravienen el fin de la pena previsto en el artículo 18 constitucional".
El documento recuerda que en octubre de 2001, la Corte produjo una tesis de jurisprudencia donde establecía que la prisión vitalicia constituía una pena inusitada de las prohibidas en el artículo 22 de la Constitución y destaca "…a este tipo de penas se les declaró inconstitucionales por ser inhumanas, crueles, infamantes, excesivas y por apartarse de la finalidad esencial de la pena establecida en el artículo 18 constitucional, que era en ese entonces la readaptación social del delincuente".
Este criterio fue posteriormente modificado en 2005, que fue cuando la Corte abrió la puerta a las extradiciones de los capos a Estados Unidos, sin embargo, en todo los casos la votación ha sido mayoritaria y, por lo tanto, puede nuevamente modificarse en el momento en el que vuelva a debatirse, especialmente porque de los ministros que votaron en la última ocasión que se discutió el tema únicamente quedan José Ramón Cossío y Margarita Luna Ramos, el primero en contra de la prisión vitalicia y la segunda a favor. Ahora ya se sabe que Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, está también en contra, con lo cual ya suman 2 votos.
El asunto que motivó el proyecto de sentencia del Ministro Gutiérrez, todavía no ha sido agendado para discutirse en la Corte; pero al margen de ello, salvo que la justicia norteamericana le ofrezca un acuerdo muy favorable al "Chapo", su defensa recurrirá en última instancia a la Corte y, por lo mismo, el tema tendrá que discutirse en la misma. Y, dadas las últimas reformas a la Constitución, incluyendo la ya citada de 2008 al artículo 18, pero también las de 2011 al artículo 1, que señala que "Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia", es previsible una muy debatida resolución al respecto.
En uno de los 2 posibles escenarios la Corte puede salvar al "Chapo" de la extradición y si no quiere enfrentarse con el actual gobierno federal, que ya expresó con toda claridad que quiere extraditarlo, bien podría jugar con los tiempos para resolver el asunto después del fin del presente sexenio o, al menos, de la declaración de validez de la elección presidencial en 2018, como ya lo hizo en la liberación de Florence Cassez, cuya permanencia en prisión era tan importante para el expresidente Felipe Calderón.
Así que todavía es muy pronto para decir que la extradición del "Chapo" es únicamente cuestión de tiempo, si él desea quedarse en el país a purgar su condena (e intentar escaparse una vez más) todavía tiene posibilidades reales de lograrlo aunque su camino sea cuesta arriba.