La NOM 046 establece que el personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la mujer.
Con los cambios hechos a la NOM-046-SSA2-2005 que habla de violencia familiar, sexual y contra las mujeres, los hospitales públicos están obligados a practicar abortos seguros a las mujeres que hayan sido víctimas de violación, y lo soliciten.
Esto lo dio a conocer Luis Gerardo del Moral Rossete, director del Hospital General de Torreón, luego de que los titulares de los diferentes hospitales fueran capacitados en Saltillo por parte de la Secretaría de Salud para cumplir con la norma.
En el caso de Coahuila, en donde el aborto está permitido en casos de violación, era necesario que se presentara la denuncia, sin embargo, con las modificaciones hechas a la norma, bastará con que la mujer se presente y lo solicite.
"Por esta ley si hay alguna mujer mayor de 12 años que se presente en una sala de un hospital público, y diga o afirme que está embarazada y que declare bajo protesta decir verdad, que ese embarazo fue producto de violación, nosotros tenemos que empezar a hacer la terminación del embarazo, ya no se va a requerir la denuncia en el Ministerio Público para empezar la interrupción".
Norma
La NOM 046 establece que el personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la mujer.