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NORMATIVIDAD AGROPECUARIA

NORMATIVIDAD PECUARIA MEXICANA

AGUSTÍN CABRAL MARTELL

La normatividad pecuaria mexicana se ve necesaria por los cambios legislativos que se han presentado y por la exigencia nacional e internacional en producir ganado de alta calidad a fin de abastecer nacionalmente y dar una respuesta a las exigencias internacionales en materia de exportación de estos productos.

Es por ello que se presenta esta edición "NORMATIVIDAD PECUARIA MEXICANA" elaborada minuciosamente por expertos sobre la materia, profesores universitarios de la Universidad Autónoma Agraria "Antonio Narro" Unidad Laguna, del Departamento de Ciencias Socioeconómicas, agrupados en un Cuerpo Académico consolidado denominado UAAAN-CA-10, nivel otorgado por la Secretaría de Educación Pública (2015), Subsecretaría de Educación Superior, Dirección General de Educación Superior Universitaria, Dirección de Superación Académica y a través del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el tipo Superior. Un agradecimiento especial a la Unión Norte de Engordadores de Ganado, A.C. (UNEG) por su apoyo dentro del programa de desarrollo "Vinculación en el Área de Capacitación y Asistencia Técnica en el campo Editorial con la Unión Norte de Engordadores".

Este texto va encaminado a exponer todo un marco normativo de esta importante actividad nacional, desde su base constitucional, pasando por la Ley de Sanidad Animal, los reglamentos y finalmente las Normas Oficiales Mexicanas, todo ello en el ámbito de aplicación federal.

Por lo que respecta a la normatividad de los estados, las 31 entidades federativas han legislado sobre la materia y estas deben estar acorde con la normatividad federal a fin de no entorpecer la tarea legislativa, exista uniformidad en cuanto a los planes y programas productivos en ganadería, ya sea leche y sus derivados o bien ganado de carne y sean los estados la fuente de producción animal, sus productos y subproductos.

Por otra parte, Los profesionales de la producción animal, Médicos Veterinarios, Ingenieros Zootecnistas, Ingenieros Agrónomos Zootecnistas están obligados a conocer el marco normativo de esta disciplina para tener más oportunidades de desarrollo profesional, unos como certificadores, verificadores, aprobados y acreditados, así como el ejercicio libre de la profesión y otros en materia de reproducción y nutrición.

El diagnostico, prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades de los animales debe ser la principal misión de estos profesionales y los propios productores de ganado deben de tomar conciencia de ello y ser accesibles en todo tiempo para que los alimentos de origen animal se desarrollen en calidad, cantidad y den paso a la inocuidad de alimentos de origen animal, cuyo programa de investigación actualmente se encuentra elaborando (2016).

Se presenta además los campos de acción de estos profesionales pecuarios a fin de tener una amplia gama de posibilidades de crecimiento profesional.

Las leyes, reglamentos y Normas Oficiales Mexicanas se exponen en este espacio editorial, teniendo en mente la posibilidad de cambios o reformas normativas sobre la materia ante la dinámica de las instituciones oficiales, principalmente la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y SENASICA y cuya tarea en ocasiones se le ha encomendado a la UAAAN a fin de exponer iniciativas de reformas.

Las fuentes de información se refieren a las propias normas y textos que en base a la investigación se han publicado, sin pasar por alto las publicaciones que a través de los programas de investigación ha realizado la UAAAN sobre la materia.

Por lo que respecta a la Ley de Sanidad Animal, es de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto fijar las bases para: el diagnóstico, prevención, control y erradicación de las enfermedades y plagas que afectan a los animales; procurar el bienestar animal; regular las buenas prácticas pecuarias aplicables en la producción primaria y establecimientos Tipo Inspección Federal dedicados al sacrificio de animales y procesamiento de bienes de origen animal para consumo humano, esto último coordinadamente con la Secretaría de Salud de acuerdo al ámbito de competencia de cada Secretaría; regular los establecimientos, productos y el desarrollo de actividades de sanidad animal y prestación de servicios veterinarios; regular los productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios para uso en animales o consumo por éstos. Sus disposiciones son de orden público e interés social.

Esta edición será un gran instrumento de consulta para el productor ganadero, así como el profesional de esta área y todo estudioso sobre la materia.

Sugerencias y comentarios: acabralmar@yahoo.com.mx

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