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OMBUSDMAN FISCAL CANCELACIÓN DEL RFC DE UN CONTRIBUYENTE FALLECIDO

ANDRÉS LÓPEZ LARA

Ya les he platicado que el procedimiento de Queja ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) tiene como objetivo conocer e investigar los actos de las autoridades fiscales que se estimen violatorios de los derechos de los contribuyentes. Dicho procedimiento es procedente en contra de cualquier acto de autoridades fiscales federales, por lo que también es útil para aclarar la situación fiscal de los pagadores de impuestos o para dar celeridad a algún trámite que estén realizando.

En este sentido, recibimos la queja de una señora cuyo esposo falleció y desconocía el régimen fiscal en el cual estaba inscrito, así como el procedimiento para cancelar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del finado. Cabe señalar que como Organismo defensor de derechos, PRODECON cuenta con procedimientos ágiles y flexibles, por lo que en el caso narrado no es necesario cumplir requisitos rígidos, sino que basta con acreditar que se tiene un interés legítimo para interponer la queja y en el caso la promovente se ostentó como esposa del contribuyente, demostrándolo a través del acta de matrimonio respectiva y una identificación vigente.

De inmediato admitimos la queja y requerimos a la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente correspondiente al domicilio fiscal del finado para que informara cuáles eran los regímenes fiscales en los que éste tributaba y qué se requería para cancelar su RFC.

En el plazo de tres días hábiles la autoridad informó que cualquier familiar o pariente podía presentar el aviso de cancelación del RFC por defunción, mediante un escrito libre en el que manifestara bajo protesta de decir verdad que el fallecido no dejó testamento ni existe juicio sucesorio.

Dicho informe se le dio a conocer a la quejosa y se le ofreció el servicio de orientación y asesoría que también presta PRODECON para apoyarla a elaborar el escrito mencionado. Una vez que ese escrito se presentó ante la autoridad, dentro del procedimiento de queja requerimos nuevamente a ésta para que remitiera la constancia de situación fiscal y nos respondió que el aviso de cancelación del RFC por defunción resultó procedente, con lo cual quedó satisfecha la pretensión.

Si usted tiene un problema como el descrito o cualquier otro que provenga de una autoridad fiscal federal, PRODECON puede apoyarlo, por lo que lo invito a que se acerque a cualquiera de nuestras oficinas o a través de nuestra página electrónica www.prodecon.gob.mx, le recuerdo que nuestros servicios son totalmente gratuitos.

Hasta la próxima

Andrés López Lara, Subprocurador de Protección de los Derechos de los Contribuyentes de PRODECON

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