Suazo demandó a la entidad chilena por una cifra cercana a los 1.5 millones de dólares tras ser despedido del club luego de un desencuentro con el cuerpo técnico encabezado por José Luis Sierra. (ARCHIVO)
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó hoy la demanda por incumplimiento de contrato de Humberto “Chupete” Suazo, exdelantero de Rayados de Monterrey, contra Blanco y Negro, empresa que administra el club Colo Colo.
Suazo demandó a la entidad chilena por una cifra cercana a los 1.5 millones de dólares tras ser despedido del club luego de un desencuentro con el cuerpo técnico encabezado por José Luis Sierra.
Luego que Suazo y el cuerpo técnico declarara ante la justicia, el fallo favoreció a la concesionaria Blanco y Negro y descartó exigirle el pago de la indemnización solicitada por el delantero.
El fallo precisó que “las sustituciones de los jugadores durante un partido de fútbol es una conducta habitual, propia de la actividad deportiva, y nunca se ha entendido que ello signifique que se esté menospreciando o vulnerando a quien sale de la cancha de fútbol”.
Agregó que “Suazo era requerido a jugar, según las palabras de (José Luis) Sierra (entrenador) y (Pedro) Reyes (ayudante técnico), desde el inicio de cada partido, lo que demostraba su confianza en el jugador para que el equipo tuviese un buen desempeño”.
“Si posteriormente fue sustituido, ello se enmarca en las reglas del juego, siendo privativa la decisión del director técnico el elegir a qué jugador sacar y a quién ponen en la cancha”, comentó la sentencia.
Durante el periodo de audiencias, Sierra y Reyes acusaron a Suazo de referirse a ellos en duros términos tras ser sustituido en un duelo por el campeonato nacional, por lo que fue citado a una reunión a la cual el futbolista declinó a asistir.
Luego de aquella situación, la concesionaria que preside el empresario Aníbal Mosa decidió terminar el contrato del goleador, tras lo cual “Chupete” demandó a Blanco y Negro sin resultados positivos, aunque puede apelar al fallo del tribunal.