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Reforma acorde a la realidad actual

A la ciudadanía

GERARDO JIMÉNEZ GONZÁLEZ

En una columna anterior comentábamos acerca del proceso que ocurre en México para reformar la Ley de Aguas Nacionales, iniciado con la propuesta gubernamental hace dos años, la llamada Ley Korenfeld, en alusión a quien la presentó, el entonces director de la Comisión Nacional del Agua, misma que provocó revuelo en algunos sectores de la academia, la sociedad civil y entre legisladores de ambas cámaras.

En respuesta, una red nacional de expertos denominada Agua para Todos @ Agua para la Vida, elaboró una iniciativa ciudadana de Ley General de Aguas alterna a la anterior, la cual se presenta a inicios de 2015 y es acogida por 22 senadores; esta iniciativa ciudadana está obteniendo amplio apoyo de la sociedad civil como se expresa en las firmas que han otorgado miles de personas para respaldarla al momento que se vuelva a presentar ante las cámaras de diputados y senadores.

La propuesta oficial es retirada en medio del escándalo que provocó David Korenfeld al usar un helicóptero oficial en actividades particulares, hecho que derivó en su renuncia al frente de la Conagua, abriendo un espacio de tiempo para que la iniciativa ciudadana fuese revisada con mayor profundidad, y quizá también la propuesta gubernamental, ya que regular la gestión y uso de los recursos hídricos en el país no es tarea fácil considerando la grave problemática en que se encuentran.

Una de las partes medulares de la Ley Korenfeld era facilitar el uso de estos recursos con fines mercantiles a empresas y corporaciones que pretendían realizar algunas actividades económicas utilizando el agua con menos regulaciones, como es el caso de los hidrocarburos, particularmente en la fracturación hidráulica para extraer gas y petróleo de exquisito, los llamados hidrocarburos no convencionales, a la minería y otras que presentaban un potencial atractivo a la inversión privada nacional y extranjera, pero que a suvez tienen un impacto ambiental considerable.

Tal pretensión se ubica en el contexto de apertura comercial que México ha promovido desde fines del siglo pasado para fomentar la inversión privada en algunos sectores de la economía nacional, constituye una segunda reforma a la realizada en 1992 en vísperas de la firma del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Canadá, entonces para facilitar la formación de mercados de agua en actividades como las agropecuarias.

Sin embargo, los resultados de esta última reforma no sólo propiciaron la formación de esos mercados de agua, sino el monopolio privado en los títulos de concesión como sucedió en la mayor parte de los distritos de riego y de los acuíferos subterráneos, agudizándose el problema de sobreconcesionamiento, sobreexplotación y contaminación de los cuerpos de agua dulce, en detrimento de la satisfacción de la demanda de agua con fines domésticos.

Lo que ocurre en la Comarca Lagunera es un botón de muestra ilustrativo de las distorsiones que presenta la gestión del agua en el país, por lo que revertir y solucionar estos problemas requiere medidas de mayor alcance ya que el marco normativo y las políticas públicas en materia hídrica son insuficientes para dotar de instrumentos que regulen el uso del agua de manera sustentable.

Así como en esta región, a nivel nacional las instituciones responsables de esa regulación, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la propia Comisión Nacional del Agua, han mostrado limitadas capacidades institucionales para resolver los grandes problemas hídricos asociados con la construcción de presas, el uso que algunas compañías mineras realizan del agua que han provocado los grandes desastres de contaminación de ríos y arroyos, la desatención de humedales o el ya mencionado abatimiento de los acuíferos.

Son de tal dimensión estos problemas que se requiere un cambio significativo en la legislación y las políticas públicas en materia hídrica, empezando por cambiar el enfoque preponderantemente mercantil en la gestión del agua por otro que priorice el abasto a la población en cantidad y calidad, a los ecosistemas asociados a este recurso; también es necesario que esta nueva legislación abra mayores espacios de participación y renueve o modifique los esquemas de gestión actuales propiciando una mayor participación ciudadana en los órganos de gestión como los consejos y comisiones de cuenca.

Esta parte es medular en la reforma de la Ley de Aguas Nacionales, ya que se debe transitar de los esquemas actuales en los cuales la intervención gubernamental, no sólo de la Conagua y otros organismos federales involucrados en la gestión de los recursos hídricos, sino también de los gobiernos locales, debe reducirse y abrir paso a formas de gobernanza del agua, dotando a esos órganos de gestión de mayor autonomía jurídica y financiera para no depender de las decisiones que toman funcionarios que han mostrado conflicto de interés al grado de construir presas con recursos públicos en predios particulares, la implementación de proyectos de trasvase de agua de una cuenca a otra provocando problemas como el que sucedió con la tribu Yaqui en Sonora o el desatinado Monterrey VI, que pretende llevar agua desde la Cuenca del Río Pánuco a esa ciudad.

En síntesis, la nueva legislación en materia de aguas nacionales debe modificar el enfoque que rige actualmente su gestión y priorizar el cumplimiento del artículo 4º constitucional que obligue al Estado Mexicano a cumplir el derecho humano al agua, por ello es importante que este marco normativo se ciudadanice creando espacios de participación que posibiliten una mayor gobernanza del agua.

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