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Resolución de SCJN no afecta pensiones: IMSS

Aclaran. No hay ningún plan para cambiar el cálculo de las pensiones.

Aclaran. No hay ningún plan para cambiar el cálculo de las pensiones.

AGENCIAS

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aclaró que la reciente jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no altera el mecanismo de cálculo para el pago de pensiones a los trabajadores, por lo que están garantizados los derechos de todos los pensionados. El IMSS dijo que los 3.1 millones de trabajadores retirados continuarán recibiendo su pensión de manera puntual.

En un comunicado, el IMSS informó que continuará utilizando el tope de 25 salarios mínimos para el cálculo de las pensiones, como lo establece la Ley de 1997. Explicó que el tope de los 10 salarios mínimos aplicó únicamente a quienes se pensionaron antes de 1997, conforme a la Ley del Seguro Social de 197.

La dependencia precisó que ante las versiones de que se modificará el régimen de pensiones tras la reciente decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en esta materia, el Instituto Mexicano del Seguro Social aclara que no hay ningún plan para cambiar el cálculo de las pensiones. "El IMSS no tiene contemplado modificar en forma alguna la manera en la que calcula y/o paga las pensiones que por derecho le corresponden a los trabajadores", destacó.

Recordó que la jurisprudencia 8/2016 no obliga al IMSS ni altera el mecanismo de cálculo para el pago de pensiones a los trabajadores, por lo que están garantizados los derechos de todos los pensionados. El Seguro Social reiteró que los 3.1 millones de trabajadores retirados continuarán recibiendo su pensión de manera puntual.

Cabe precisar que lo que resolvió la Suprema Corte es que las Juntas de Conciliación y Arbitraje deben aplicar el tope establecido en la Ley que estuviera vigente al momento de su retiro, que es lo que hoy efectivamente hace el Instituto. Dijo que es importante tener claro que el tope de los 10 salarios mínimos aplicó únicamente a quienes se pensionaron antes de 1997.

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Escrito en: SCJN

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