El Hijo del Santo entabló una demanda contra la Triple AAA. (Archivo)
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los luchadores pueden comparecer con sus máscaras ante un juzgado al momento de una audiencia, siempre y cuando se presenten de forma directa ante los imputados y el abogado defensor del acusado.
Al resolver un juicio de amparo presentado por la representante legal de la empresa Triple AAA, Marisela Peña Herrada, quien fue acusada del delito de violación al derecho del autor por El Hijo del Santo, la Primera Sala del Máximo Tribunal confirmó la sentencia condenatoria en contra de la quejosa por comercializar de manera indebida videogramas y DVD's en los que se explota de forma comercial la imagen del luchador mexicano.
Durante el análisis del caso, los ministros desecharon un argumento de la titular de la empresa Triple AAA en el sentido de que se habían violado sus derechos humanos y el debido proceso, porque el Ministerio Público Federal permitió presentar una querella a un personaje enmascarado.
La sentencia explica que en diversas constancias del expediente se puede observar que El Hijo del Santo acreditó su personalidad privada mediante la presentación de su credencial de elector y un certificado de derechos sobre el personaje de características humanas, mismo que le fue otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor.
El fallo agrega que previo a las audiencias públicas en las que compareció El Hijo del Santo, se presentó ante las autoridades ministeriales, los jueces penales y hasta con los magistrados responsables de resolver este caso para acreditarse de forma personal ante la imputada y su abogado defensor, por lo cual procedió a quitarse la máscara y a que se viera la correspondencia de sus rasgos fisonómicos con los de su credencial de elector.