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Ultraje inadmisible

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LUIS F. SALAZAR WOOLFOLK

El llamado Impuesto al Pavimento establecido en la Ley de Ingresos del Municipio de Torreón para el año 2016, fue echado sobre nuestras espaldas por el alcalde Miguel Riquelme y el Congreso de Coahuila, como un pago adicional al gobierno, que no existe en el resto de los municipios del Estado.

Tratando de justificar lo injustificable, el Congreso de Coahuila desenterró una ley ya derogada y por tanto carente de vigencia, contenida en el decreto número 51 publicado en el Periódico Oficial el 14 de marzo de marzo de 1986, y dejó de lado como si no existieran las disposiciones vigentes en el resto del Estado en el tema relativo a la pavimentación, que se contienen en los artículos 1º, 3 fracción IV, 4, 5, 6 primero y segundo párrafos, 10, 11, 16, 17, 20, 28 y demás relativos de la vigente Ley de Cooperación para Obras Públicas del Estado de Coahuila, que al ser publicada el 25 de mayo de 1990 derogó el decreto primeramente mencionado. La Ley Municipal que postula el nuevo Impuesto al Pavimento, viola además los artículos 126 y 130 del Código Financiero para los Municipios de Coahuila.

Las diferencias entre las leyes vigentes en Coahuila en el rubro de pavimento y la que se está aplicando en nuestra ciudad son notables, y la imposición ocurre en desventaja y agravio de los torreonenses, porque se pretende que los dueños de inmuebles ubicados en zonas pavimentadas de la ciudad, paguen cada mes treinta y un pesos por metro lineal con límite a la calle, lo cual en muchos casos resulta más caro que el monto del impuesto predial.

El impuesto así determinado no es ni proporcional ni equitativo; la dimensión del límite a la calle no es un factor que por sí solo determine el valor de un inmueble, porque habrá una propiedad en esquina en una colonia popular, que pague más impuesto al pavimento que un local en zona comercial, por tener el primero de los inmuebles una colindancia mayor frente a la calle. Como consecuencia la Ley es violatoria del artículo 31 fracción IV de la Constitución de la República, que dispone que los ciudadanos deberán contribuir al gasto del gobierno y los servicios en la forma proporcional y equitativa que dispongan las leyes, lo que no ocurre en el caso que nos ocupa.

Por otra parte, la Ley de Cooperación para Obras Públicas aplicada en el resto del estado, obliga a la autoridad a licitar la obra de pavimentación mediante concurso y garantiza que el ciudadano no volverá a pagar por este concepto al menos por los siguientes diez años, lo que implica que el gobierno se hará cargo del buen estado de la pavimentación de origen, de su reparación y de su mantenimiento, durante al menos ese lapso de diez años.

Muy diferente es el sistema torcido en comento que fue hecho de modo especial para Torreón, en que el pago del pavimento debe hacerse de modo permanente mes a mes, lo que no garantiza que después de que el ciudadano pague, el Municipio vaya a pavimentar la calle específica en la que se encuentre el inmueble de que se trate y por el contrario, la impugnada Ley de Ingresos mantiene el costo y supervisión de los trabajos en la más oscura opacidad, como ocurre con el resto de las obras mediocres y mal hechas de Riquelme.

Con independencia de la burla que lo anterior implica, el proceder de Riquelme y de la Legislatura de Coahuila es inconstitucional y puede ser combatida en los tribunales mediante Juicio de Amparo, para privarla de todo efecto en la práctica. Lo anterior porque al crear una norma con dedicatoria especial para Torreón desenterrando una ley derogada y en contradicción con otras leyes estatales que están vigentes, la Ley de Ingresos en comento viola los artículos 40, 41 y 115 fracciones II y III de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, que erigen el orden jurídico normativo como una estructura en forma de pirámide, en cuyo vértice se encuentra la Constitución General de la República como norma fundamental y de mayor jerarquía. Este principio que es parte de la garantía de legalidad, exige que las leyes estatales y municipales sean armónicas y congruentes entre sí, y que para nada contradigan al contenido de los artículos de la Constitución.

El ultraje que implica el Impuesto al Pavimento, ocurre porque hemos permitido que Torreón se haya convertido en baluarte político y caja chica del moreirato. Falta saber si ante este nuevo y enésimo robo, los torreonenses seguiremos apáticos o lucharemos como hombres y mujeres libres contra el abuso, con las armas legales y de resistencia civil que están a nuestro alcance.

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