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Aspirantes a notarios ya no podrán evadir examen

Fue en la sesión del Congreso Local realizada esta tarde que se aprobó el dictamen que contenía reformas a 31 artículos.

Fue en la sesión del Congreso Local realizada esta tarde que se aprobó el dictamen que contenía reformas a 31 artículos.

LUCÍA PÉREZ

Los aspirantes a notarios ya no podrán evadir examen de oposición. En su penúltima sesión como legislatura LX, los diputados locales reformaron la Ley de Notariado y eliminaron la dispensa de requisitos par acceder a un Fiat notarial.

Fue en la sesión del Congreso Local realizada esta tarde que se aprobó el dictamen que contenía reformas a 31 artículos. El dictamen fue aprobado con 22 votos a favor y dos abstenciones por parte del diputado panista, Jesús de León y la diputada priista, Georgina Cano Torralva. Ellos decidieron no votar ya que cuentan con un Fiat notarial.

Otras reformas

Se establece la integración del Jurado que califica los exámenes para notarios y se incluye que el Presidente del jurado tendrá voto de calidad en caso de empate.

Se crea la institución del notario adjunto, fijándose que el Notario de Número podrá designar a un Notario Adjunto, cuando el Ejecutivo por conducto del Secretario de Gobierno le haya concedido la licencia que se refiere el párrafo tercero del artículo 108 de esta ley.

Además una vez autorizada la licencia, el Notario podrá proponer a un Notario Adjunto, y solicitar la aplicación del examen de aspirante a Notario.

El Notario Adjunto, en el ejercicio de su función, tendrá todas las atribuciones, facultades, derechos, obligaciones y responsabilidades que la presente ley establece para los Notarios de Número.

Entre las reformas destaca que en los casos de muerte o renuncia expresa del notario de número, si estuviera en ejercicio de la función notarial un Notario Adjunto, con al menos tres años de antigüedad en su cargo en forma consecutiva o no, este tendrá derecho a solicitar, a través de la Dirección de Notarías, que se le designe como titular de dicha notaría, siempre que cumpla con los requisitos que establece el artículo 90 de la presente ley.

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