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Avalan prisión preventiva para menores

Los ministros que votaron a favor de la prisión preventiva para jóvenes de entre 14 y 18 años coincidieron en que es cada vez más frecuente que el crimen organizado los reclute y que cometan delitos graves. (ARCHIVO)

Los ministros que votaron a favor de la prisión preventiva para jóvenes de entre 14 y 18 años coincidieron en que es cada vez más frecuente que el crimen organizado los reclute y que cometan delitos graves. (ARCHIVO)

ELIA BALTAZAR

Los adolescentes de 14 años en adelante podrán ir a prisión preventiva en México cuando haya elementos para considerar que participaron en la comisión de delitos graves.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió ayer por mayoría de votos la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes al considerar que confunde los conceptos de internamiento y prisión preventiva.

Los ministros que votaron a favor de la prisión preventiva para jóvenes de entre 14 y 18 años coincidieron en que es cada vez más frecuente que el crimen organizado los reclute y que cometan delitos graves.

Por lo cual podrán ser sometidos a prisión preventiva si están acusados de homicidio calificado, narcotráfico, delincuencia organizada, terrorismo, extorsión agravada, violación, lesiones graves, trata de personas y robo con violencia. No obstante, esta medida sólo podrá aplicarse hasta por 5 meses a aquellos adolescentes acusados de delitos graves.

Los ministros consideraron que esta medida debe aplicarse sólo en casos extremos, como cuando se requiera la protección de las víctimas, testigos y la comunidad.

La CNDH se opone al artículo 122 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, respecto a un internamiento preventivo para delitos graves que se otorgará de forma excepcional, únicamente cuando otras medidas cautelares no sean suficientes.

Cabe mencionar que Coahuila es la entidad número 10 con el mayor número de adolescentes inculpados, de acuerdo con el Centro de Investigación para el Desarrollo, A. C.

Ajustan términos

En la sesión del jueves pasado, tres ministros habían adelantado que votarían por la inconstitucionalidad, lo que llevó a organizaciones como Alto al Secuestro a alertar sobre las consecuencias de la decisión, dado el uso cotidiano de menores de edad por los grupos criminales.

Pero la mayoría de ministros afirmó ayer que el artículo 18 no se puede leer aislado, sino en conjunto con otras normas constitucionales que regulan los procesos penales, así como los derechos de las víctimas y la sociedad. La mayoría también rechazó eliminar las referencias a la "prisión preventiva" en la ley, aclarando que no debe entenderse como si fuera igual a la prevista para adultos.

"No se podía exigir al Constituyente poner en el 18 todos los detalles procesales del sistema de justicia para adolescentes", explicó el ministro Jorge Pardo. "Por ejemplo, el 18 no preve la detención de adolescentes en flagrancia, no preve el plazo para resolver su situación jurídica, no dice que puedan ser privados de libertad en caso urgente".

Alberto Pérez Dayán hizo señaló que mientras más edad del acusado y más grave el delito, más justificado estará que se le interne de manera cautelar, en centros distintos a los de adultos y bajo supervisión de jueces especializados.

"Tratándose de adolescentes, la terminología cambia, se habla de internamiento para no hablar de prisión preventiva, se habla de infracción para no hablar de delito, no se habla de delincuente, sino de infractor", dijo Pérez.

"Sin embargo, víctimas lo serán tanto quienes sufren por una conducta de un menor de 18 años, como la que puede producir un mayor de 18 años", agregó.

Arturo Zaldívar, José Ramón Cossío y Norma Piña integraron la minoría que insistió en que el artículo 18 establece un sistema especial para adolescentes y no permite el internamiento preventivo.

Cabe mencionar que la ley, que es aplicable a todos los ilícitos cometidos por menores a nivel nacional, contempla como sanción máxima el internamiento de tres años, para mayores de 14 años y menores de 16 declarados responsables, y de cinco años para mayores de 16 y menores de 18.

Un problema para atender

De acuerdo con el estudio "Justicia para Adolescentes en México"elaborado por CIDAC:

⇒ El 90 % de los menores que ingresaron al sistema de justicia fueron acusados por probables delitos de lesiones, daño a la propiedad, diferentes modalidades de robo y narcomenudeo.

⇒ La mayoría de los menores inculpados tiene su primer contacto con el sistema de justicia entre los 16 y 18 años.

⇒ Por cada 10 mil menores de entre 10 y 19 años, hay 97 que enfrentan un proceso de impartición de justicia.

⇒ El 56 % de posibles delitos cometidos por menores de edad están tipificadas como no graves.

⇒ De las 3,821 agencias del Ministerio Público del fuero local, sólo 3.8 % se especializan en adolescentes, y del total de personal de las agencias, 2 % está adscrito a las especializadas en adolescentes.

⇒ De 8 mil 256 espacios reportados para recibir adolescentes, el 65 % está destinado para albergar a jóvenes que ya han recibido una resolución judicial privativa de la libertad y sólo 29 % para los que están enfrentando su proceso ante el tribunal especializado. Por disposición de la ley, debe existir una estricta separación entre estos dos tipos de poblaciones.

¿... y Coahuila?

Es la entidad número 10 con el mayor número de adolescentes inculpados:

⇒ 245 por daño a propiedad.

⇒ 231 por lesiones.

⇒ 112 por robo a transeúnte.

⇒ 15 por otros robos.

⇒ 24 por otros delitos.

⇒ 58 por narcomenudeo.

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Escrito en: Cárcel para menores SCJN

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