Decreto. Un juez ordenó permitir la entrada en vigor de partes del decreto.
La orden del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, para prohibir la entrada al país de todos los refugiados y los nacionales de seis países de mayoría musulmana comenzó a aplicarse ayer de forma parcial, con la excepción de algunos inmigrantes que tienen vínculos con el país norteamericano.
El veto migratorio se hizo efectivo a las 20.00 hora local de Washington (00.00 GMT del viernes), gracias a la decisión del Tribunal Supremo, que el pasado lunes admitió a trámite el caso judicial sobre esa medida y ordenó permitir la entrada en vigor de partes del decreto.
La prohibición impide durante 120 días el ingreso de refugiados y, durante 90 días, la entrada de ciudadanos de seis países de mayoría musulmana (Irán, Somalia, Sudán, Siria, el Yemen y Libia) que no tuvieran un visado válido antes de la entrada en vigor del veto.
Pero el veto no se aplicará a todos ellos, dado que el Supremo determinó que no puede negarse la entrada a personas que demuestren que tienen un vínculo "genuino" con Estados Unidos, es decir, que tuvieran familia allí o planes para trabajar o estudiar en el país.
El Gobierno estadounidense ha impuesto su propia interpretación de esa orden del Supremo, y ha decidido que quienes quieran sortear el veto deberán demostrar una relación con padres, cónyuges, hijos, yernos, nueras o hermanos que estén en territorio estadounidense, pero quedan excluidos abuelos, nietos, tíos, sobrinos y primos.