Es en el capítulo sexto donde se incluyó el Tratamiento de Datos Personales para la Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas, e Identificación de Personas Fallecidas. (ARCHIVO)
Los diputados locales aprobaron dos nuevas leyes para el Acceso a la Información y la Protección de datos Personales donde se incluye el tema de desaparecidos y el respeto a la privacidad de la información.
Es en el capítulo sexto donde se incluyó el Tratamiento de Datos Personales para la Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas, e Identificación de Personas Fallecidas.
En este apartado se regula como deben ser tratados los datos personales de personas desaparecidas.
En el artículo 85 se indica que cualquier comunicación pública sobre la localización de personas desaparecidas o la identificación de restos humanos deberá realizarse por razones estrictas de interés público, previo consentimiento es por escrito de las familias afectadas.
"El honor y el respeto a la imagen de personas desaparecidas y personas fallecidas, se protegerán en beneficio de sus familiares e interesados, así como se deberá proteger el honor y el respeto de estos últimos", estable la ley en su artículo 85.
Asimismo se catalogó como confidencial información referente a personas desaparecidas.
Podrán conciliar
El Congreso aprobó una ley de Acceso a la Información en donde se establece la posibilidad de conciliar cuando el ciudadano interponga un recursos de revisión, al no quedar satisfecho con la respuesta del sujeto obligado. Es el artículo 120 en donde se indica que el comisionado ponente podrá en cualquier momento del procedimiento buscar una conciliación entre el recurrente y el sujeto obligado.
De llegarse a un acuerdo de conciliación entre ambos, ésta se hará constar por escrito y tendrá efectos vinculantes. El recurso quedará sin materia y el instituto verificará el cumplimiento del acuerdo respectivo. Ante esta situación el diputado panista, Jesús de León, se inconformó al señalar que el derecho a la información pública no puede ser negociado.
Indicó que el condicionamiento al derecho a la información no puede existir ni tampoco ninguna ley lo contempla. Así mismo lamentó que el ICAI no pueda sancionar y fincar responsabilidades a los funcionarios que no cumplan con la ley. En caso de demostrarse que existe dolo en la negación de información el ICAI sólo puede dar vista a los órganos internos de control.