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OMBUDSMAN FISCAL CANCELACIóN DE COMPROBANTES FISCALES

Acudió a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) una persona física porque al consultar el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) tuvo conocimiento de que durante los ejercicios fiscales 2015 y 2016 una dependencia del Gobierno federal expidió a su favor diversos Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI→ s) por concepto de ingresos por salarios. Sin embargo, el contribuyente refirió que nunca sostuvo relación laboral con esa dependencia, por lo que desconocía la razón por la que emitió a su nombre tales comprobantes.

Asimismo, refirió que acudió a las oficinas del SAT en donde le informaron que existe una persona con el mismo nombre, pero con distinto Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Clave Única de Registro de Población (CURP).

En virtud de lo anterior, solicitó el servicio de Queja que presta PRODECON con la finalidad de que se tuviera por aclarada su situación fiscal o, en su caso, la dependencia aludida justificara las razones por las cuales emitió comprobantes fiscales a su favor, no obstante, que no ha tenido relación laboral o de prestación de servicios con ésta última.

PRODECON admitió la Queja y requirió a la autoridad fiscal encargada del Registro Federal de Contribuyentes que proporcionara la información que tuviera en sus bases de datos relacionada con el registro a nombre del quejoso, con el fin de aclarar la existencia de una posible homonimia.

Dicha autoridad señaló que de la revisión efectuada a sus bases de datos y tomando como criterio de búsqueda el nombre del contribuyente quejoso, observó que existía una homonimia dentro del padrón fiscal, es decir, que existen registros que corresponden a dos personas con idéntico nombre y apellidos, pero con diferentes claves de Registro Federal de Contribuyentes y asociados con CURP's también distintas.

Con la información obtenida de la autoridad fiscal federal, PRODECON realizó acciones de investigación a través de las cuales requirió al titular de la dependencia que emitió los comprobantes fiscales para que se pronunciara sobre los hechos que se le atribuyeron y se aclarara la situación fiscal del quejoso, en el entendido de que éste no tuvo relación laboral o de prestación de servicios que hubiera dado lugar a la emisión de los CFDI→ s.

En cumplimiento a dicho requerimiento la dependencia emisora de los citados comprobantes señaló que de la consulta realizada a los sistemas institucionales con que cuenta observó que realizó una indebida asignación del Registro Federal de Contribuyentes en los comprobantes fiscales emitidos, por lo cual procedió a la cancelación de los CFDI→ s, ya que efectivamente no efectuó pago alguno al quejoso en ningún ejercicio fiscal.

Tal información se le dio a conocer al contribuyente, quien manifestó su conformidad con el resultado obtenido en el procedimiento de Queja, con lo cual quedó totalmente satisfecha su pretensión.

Como puede observarse, gracias a la intervención de PRODECON y como resultado de las acciones realizadas dentro de la Queja (que es un procedimiento no jurisdiccional de salvaguarda de derechos, en el que se puede investigar cualquier acto u omisión que afecte los derechos de los contribuyentes) el quejoso logró aclarar su situación fiscal con relación a los CFDI's emitidos a su nombre, los cuales fueron cancelados por la emisora de los mismos al haber reconocido el error cometido al asentar el RFC de un empleado con el mismo nombre y apellidos que los del contribuyente afectado.

Es importante resaltar que situaciones como la que aquí describimos afectan a muchos contribuyentes cuando presentan una declaración de Impuesto Sobre la Renta y al obtener un saldo a favor solicitan su devolución, pues ésta se les niega por la supuesta omisión de declarar ingresos que por error reporta un tercero al SAT.

Si usted tiene un problema como el descrito o cualquier otro que provenga de una autoridad fiscal federal, PRODECON puede apoyarlo, por lo que lo invito a que se acerque a cualquiera de nuestras oficinas o a través de nuestra página electrónica www.prodecon.gob.mx. Le recuerdo que todos nuestros servicios son totalmente gratuitos.

Hasta la próxima

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