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OMBUSDMAN FISCAL

Héctor Peña Herrera

DEVOLUCIÓN POR CONCEPTO DE PAGO DE LO INDEBIDO

En esta oportunidad les comento el caso de un contribuyente que acudió a la Delegación Durango de la PRODECON a presentar una Queja en contra de actos atribuidos a una autoridad recaudadora del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El quejoso expuso medularmente que resentía una transgresión a su esfera de derechos en razón de que la autoridad recaudadora del SAT le comunicó que se habían transferido los fondos de su cuenta bancaria en favor de la Tesorería de la Federación, derivado del Procedimiento Administrativo de Ejecución instaurado en su contra para hacer efectivo el cobro de un crédito fiscal determinado a su cargo por una autoridad NO fiscal; señalando el quejoso que dicho crédito fiscal había sido dejado sin efectos a través de resolución a un medio de defensa interpuesto en su momento en contra del mismo, situación ésta última que incluso el ahora quejoso hizo del conocimiento por escrito a la autoridad involucrada, sin que a la fecha de promover la Queja ante este Ombudsman fiscal, hubiese recibido respuesta al respecto (21 meses habían transcurrido).

La pretensión expresa del quejoso consistió en que se le diera a conocer de manera fundada y motivada la razón por la que se ordenó la transferencia de los fondos de su cuenta bancaria con base en una resolución declarada sin efectos legales, y de manera tácita que la autoridad dejara sin efectos tal acto.

PRODECON admitió la Queja y requirió a la autoridad involucrada del SAT para que rindiera su informe sobre el planteamiento del quejoso, además de que se pronunciara con respecto a requerimientos particulares realizados por este Ombudsman fiscal en torno al caso de trato.

La autoridad recaudadora del SAT medularmente refirió en su informe que de los antecedentes que obran en su expediente administrativo abierto con motivo del crédito fiscal a cargo del ahora quejoso, se desprendía que efectivamente existía una resolución determinante emitida por una autoridad NO fiscal, misma que le fue remitida para su control y cobro; que llevó a cabo el Procedimiento Administrativo de Ejecución tendiente a hacerlo efectivo, ordenando a la Institución Bancaria respectiva la inmovilización y transferencia de los fondos de su cuenta bancaria.

Derivado de la intervención de PRODECON, la autoridad también informó que había emitido y notificado al quejoso, oficio mediante el cual en respuesta a su escrito libre le comunicaba la cancelación y baja del crédito fiscal de trato, además de dejar sin efectos los consecuentes actos de cobro y que había solicitado a la Institución Bancaria la desinmovilización de su cuenta bancaria; sin embargo, señaló que respecto a la devolución de los recursos económicos transferidos, lo procedente era tramitar una solicitud de devolución de pago de lo indebido ante una autoridad fiscal diversa adscrita al SAT, circunstancia la cual hizo del conocimiento al quejoso.

Una vez presentado el trámite de solicitud de devolución de pago de lo indebido, este Ombudsman fiscal, para efectos de dar seguimiento y conocer el estado el estado de dicho trámite, ejercicio acciones de investigación dirigidas a la autoridad fiscal del SAT competente, la cual en respuesta informó que autorizó y depositó al quejoso el saldo solicitado, incluyendo un importe por concepto de actualización; motivos los anteriores, por lo que se procedió al Cierre de la Queja.

Es así como nuevamente se pone de relieve la efectividad de este breve, sencillo y flexible procedimiento de salvaguarda de derechos de los contribuyentes, pues en el caso concreto derivado de la intervención de PRODECON, la autoridad restituyó en sus derechos al quejoso.

Si usted tiene un problema como éste o cualquier otro que provenga de una autoridad fiscal federal, incluyendo a las coordinadas respecto de los ingresos fiscales de carácter federal, PRODECON puede apoyarlo, por lo que lo invito a que se acerque a cualquiera de nuestras oficinas o a través de nuestra página electrónica www.prodecon.gob.mx Le recuerdo que nuestros servicios son totalmente gratuitos.

Hasta la próxima

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