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VIDA CAMPIRANA

'NUESTRA CONSTITUCIÓN'

MVZ MARTHA LOURDES ROBLES ARELLANO

Hoy es domingo 5 de febrero y en este día nuestro país celebra 100 años de haber promulgado la CONSTITUCIÓN MEXICANA conocida también como CARTA MAGNA la cual realizó el Congreso Constituyente el 5 de febrero de 1917 en el Teatro de la República de la ciudad de Querétaro, siendo el General don Venustiano Carranza el primer Presidente Constitucional del país; en sí este importante documento contiene la estructura legal que rige a todos los mexicanos.

La Carta Magna estableció jurídicamente a México, en donde se fijaron límites y se definieron las relaciones entre los poderes de la federación, los cuales fueron divididos pero que tendrían que trabajar juntos para poder gobernar la nación: Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Se formaron y definieron los tres niveles diferenciados del Gobierno que son el Federal, Estatal y Municipal también los derechos y los deberes del pueblo, es decir, los derechos y obligaciones de todo ciudadano nativo y extranjero, la elaboración y presentación de la Constitución fue la corriente triunfante de la Revolución Mexicana.

En la Carta Magna se refrendó la división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El Legislativo siguió dividido en dos Cámaras: La Cámara de Senado y la Cámara de Diputados. De igual manera se decretó la no reelección presidencial y se ratificó el sistema de elecciones directas y se suprimió definitivamente la vicepresidencia.

La Constitución Mexicana estableció leyes muy importantes que rigen la vida de los mexicanos entre ellas está se creó el municipio libre, se estableció un ordenamiento agrario en todo el territorio mexicano relativo a la propiedad de la tierra. Entre otras garantías, la constitución vigente determinó la libertad de culto, la enseñanza laica, gratuita y la jornada de trabajo máxima de ocho horas, de igual manera reconoce la libertad de expresión así como la libertad de asociación de los trabajadores.

Artículo 27 Constitucional

Uno de los artículos de más interés para los mexicanos que viven y trabajan en el campo sin lugar a dudas es el Artículo 27 Constitucional y del cual deseo compartir su contenido cuya publicación es de Leonardo Márquez Johonson (2011) en el Derecho Procesal Agrario.

El artículo 27 constitucional nos habla sobre las facultades de la nación atendiendo la propiedad de todos los recursos naturales que existen en nuestro país, en su párrafo primero nos dice que tanto la tierra como las aguas que comprenden el territorio nacional son propiedad de la nación en un principio y que es el estado quien tiene la facultad de transmitir el dominio a particulares, de esta forma nace la propiedad privada.

La nación tendrá el derecho de distribuir la tierra como mejor convenga al interés público, así mismo será capaz de conservar los medios para el desarrollo equilibrado del país, el mejoramiento de vida de la población y también podrá ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones para el uso y conservación de nuestro territorio nacional atendiendo el medio ecológico y el desarrollo urbano.

Cabe mencionar que este articulo también pone algunas limitantes para la adquisición de dominio de tierras y aguas en nuestro nación, estableciendo así que solo los mexicanos por nacimiento o naturalización, así como las sociedades mexicanas tienen derecho a adquirir el dominio de tierras y la explotación de minas o aguas; el estado podrá conceder a los extranjeros el mismo derecho siempre y cuando convenga a la nación, también podrá conferir este derecho a los países para el establecimiento fijo de sus embajadas.

Es importante señalar las delimitaciones que se hacen respecto a la propiedad de la tierra y sus diversas modalidades, ya que en esto radica de forma importante la seguridad jurídica que debe de tener la persona que la explota legalmente. Nuestra Constitución establece una estructura triangular de la propiedad: la propiedad originaria de la nación como base, y la propiedad pública y la privada como derivaciones de la primera; próximamente ahondaremos sobre este interesante tema y sus modificaciones me refiero al artículo 27 constitucional.

Retomando la Constitución de 1917 está ha realizado 699 reformas y casi un millar de modificaciones de sus 136 artículos, llegando en la actualidad a un texto de 68 mil palabras a diferencia de las 22 mil palabras con las que nació hace un siglo; necesitamos aplicar las leyes vigentes porque de nada vale crear nuevas si no son cumplidas.

Finalmente deseo invitar a todo el público de Vida Campirana a la plática sobre Huertos Familiares y de Árboles Frutales que se llevará a cabo en viernes 10 del presente en el Vivero Forestal Lerdo a las 9:30 hrs. Llevar la semilla que desee sembrar, envase de leche la tierra ahí se va a proporcionar, platillo mexicano para compartir y sus utensilios donde comer ya que no habrá desechables, si le es posible asista con atuendo mexicano propio para una reunión campestre. Mayor información celular (044)8712 114538.

Como ya es costumbre en este espacio a continuación un pensamiento de un personaje celebre.

"Se respetará escrupulosamente el espíritu liberal de dicha Constitución, a la que sólo se quiere purgar de los defectos que tiene ya que por la contradicción u oscuridad de algunos de sus preceptos, ya por los huecos que hay en ella o por las reformas que con el deliberado propósito de desnaturalizar su espíritu original y democrático se le hicieron durante las dictaduras pasadas."

? Venustiano Carranza (1859-1920)

"Comunicar es servir".

Martharobles59@hotmail.com

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