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¿Y usted ya recibió sus utilidades?

Dinero. Para el caso de las personas morales, el plazo para la presentración de su declración anual vence en marzo y para las personas físicas en abril.

Dinero. Para el caso de las personas morales, el plazo para la presentración de su declración anual vence en marzo y para las personas físicas en abril.

VIRGNIA HERNÁNDEZ

El reparto de utilidades es un derecho laboral por parte de los patrones hacia sus trabajadores, siendo mayo el mes en el que inicia formalmente la obligación del pago.

Miguel Lara, expresidente del IMCP Laguna, indicó que de acuerdo al artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo se establece que el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los setenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual.

Se indicó que para el caso de las personas morales, el plazo para la presentación de su declaración anual vence en marzo, mientras que para las personas físicas vence en abril, por lo que durante el mes de mayo los patrones personas morales tienen la obligación de realizar las entregas de PTU a sus trabajadores, mientras que para los patrones personas físicas esta obligación vence en junio.

Miguel Lara dijo que la STPS realiza permanentemente acciones de vigilancia sobre el cumplimiento del derecho laboral por parte de los patrones, verificando la observancia del marco jurídico en la materia y en el pago de utilidades.

OBLIGADOS A REPARTIR UTILIDADES

El especialista en temas fiscales indicó que están obligados a realizar un reparto de utilidades todas aquellas personas con actividades de producción o distribución de bienes o servicios y tenga trabajadores formales a su servicio.

También los que trabajen para personas morales o empresas deberán recibir este derecho a más tardar el 30 de mayo, y en el caso de quienes lo hacen para una persona física con actividad empresarial o patrón, deben entregar la prestación a más tardar el 29 de junio.

En el caso de trabajadores temporales es necesario haber laborado por lo menos 60 días.

Miguel Lara dijo que si se entrega la prestación incompleta o no se entrega, el trabajador tiene un año para presentar la reclamación, a partir del día siguiente a la fecha límite establecida.

DERECHOS

El especialista dijo que tienen derecho de recibir este derecho laboral todas aquellas personas que se encuentren en estado activo, ello incluyen a madres trabajadoras durante los períodos prenatales y postnatal, trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, y los padres que hubieren solicitado el permiso de paternidad.

Se indicó que a los trabajadores que no se les reparte la PTU son a los trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales, profesionistas, artesanos, técnicos y otros los que tienen ingresos por pago de honorarios, sin que exista una relación de trabajo subordinada.

También se aplica a las empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

Tampoco a sociedades cuyo capital sea menor al que fija la STPS por ramas de la industria y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia y sin propósitos de lucro.

Los patrones obligados a pagar la PTU son aquellos que tengan utilidades netas, según su declaración fiscal 2016, trabajadores a su cargo y tenga más de un año en funcionamiento.

 CANTIDAD A REPARTIR

Miguel Lara dijo que el porcentaje a repartir es él 10 por ciento sobre la utilidad determinada por el Patrón al cierre del ejercicio.

La forma en cómo se determina la cantidad que se repartirá a cada trabajador de PTU se hace de la siguiente manera: el 50 por ciento de la PTU a repartir se divide entre todos los trabajadores considerando la proporción de los días que cada uno efectivamente laboró con respecto al total de los días efectivamente laborados por todos los trabajadores.

El otro 50 por ciento se reparte considerando la proporción de salario que cada trabajador devengó, con respecto al total de salarios devengados.

Para estos efectos, se obtienen dos factores: Un factor representa la cantidad de PTU que cada trabajador recibe por cada día laborado, y el otro factor representa la cantidad de PTU que cada trabajador recibe por cada peso de salario devengado.

 DENUNCIAS

Los trabajadores podrán presentar la denuncia correspondiente al no recibir el reparto de PTU ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Dentro de las sanciones contempladas por no pagar la PTU en tiempo y forma son multas equivalentes a entre 50 y 5,000 días conforme al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir van de los 3,774 pesos hasta los 337,000 pesos por caso de incumplimiento.

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